En el
año 2005 el Alcalde
de Málaga viajó a Valencia (varias veces, incluso en 2006) apoyado
por el ex Secretario de Estado de Cultura, para convencer a AN/RC
(que
ni les conocía)
para que ésta llevara a Málaga sus colecciones de Gemas y Artes
suntuarias (que vieron con detalle, porque estaban expuestas en la
Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia desde el año 2000).
El
alcalde y el concejal de Cultura citaron publicaciones e informes
favorables elaborados por SOPDE, CIEDES, CEM, FECOMA, UGT, CC OO,
Cámara de Comercio, Academia de Bellas Artes, UMA y la Junta de
Andalucía respecto al Turismo Cultural y a la rehabilitación de
edificios públicos “como Tabacalera” y su cesión para usos
culturales.
AN/RC
rechazó la oferta de Málaga porque estaba
negociando renovar su convenio en Valencia donde, desde el año 1999
al 2005 inclusive, venía percibiendo por sus exposiciones 1.200.000€
+ IVA, con todos los gastos a cargo de dicha C.A.C. (pero no percibía
nada por el cobro de entradas).
El
alcalde amplió su oferta:
Cedería a AN/RC los 18.800 m2 de espacios rehabilitados en
el conjunto edificatorio de Tabacalera en
la “nueva
Málaga”
que formarían el “nuevo” rio Guadalmedina, el gran Auditorio y
el Puerto deportivo en Huelin, el Parque y las Torres de Repsol, etc,
(Pero
nada de eso se cumplió)
todo en el distrito de Ctrª de Cádiz, entre las que se
imbricaría el
Centro Cultural que crearía AN/RC si añadía a
sus Gemas y Artes los
dos museos de Ciencias de la Tierra y de la Vida (AN/RC
ya tenía en parte esos Proyectos).Y que AN/RC se quedaría con el
cobro de entradas, más las tiendas, el restaurante, cafeterías,
parking y servicios, al menos hasta la“Capital
Cultural Málaga 2016”.
(lo que tampoco se cumplió).
Y el Aytº pagaría a AN/RC el
mismo canon que
ésta percibía en Valencia.
Analizada
la propuesta de Málaga, AN/RC concluyó que, aún siendo
tres museos y los
gastos de mantenimiento a su cargo,
y siendo el canon del mismo importe, la oferta de Málaga
sería más rentable por el cobro desde
2008 de
entradas, más las tiendas, cafeterías, etc, y renunció
a renovar su contrato en Valencia,
presentando en Málaga su proyecto de “Primeras Marcas”(no
sucursales) y exclusividad hasta “Málaga
2016”
(10 años renovables)con compromiso de donar
a Málaga los equipamientos de AN/RC para los dos museos de
Ciencias, si
se renovaba.
LOS
DOCUMENTOS:
I.-El
Contrato: Es
de fecha 21‐11‐2006 y
lo que se contrata (Doc
1) es
el Centro
Cultural (no
solo un museo). Es de solo tres folios y por esa brevedad se
ciñe expresamente a
los cinco documentos
que en su Clausula 1ª relaciona: Los pliegos,
PCT Doc
2 y
PCEA Doc
3) de
13 de Julio 2006y los tres escritos de octubre
2006 (Doc 4, Doc 5 y Doc
6) y dice
textualmente: “los
cuales se consideran Documentos contractuales",
añadiendo que "y se
estará a lo dispuesto en los mismos para lo no previsto en el
contrato".
Y al final del contrato, para que no haya dudas, relaciona
de nuevo esosDoc
2, 3, 4, 5, 6 y
los adjunta como Anexo.
En
el Doc
2 AN/RC
acepta asumir los costos de obras en
lo que exceda de 19.500.000€ (a
cambio de controlar los plazos y presupuestos de obra).El Doc
4 incluye
sus dos documentos
esenciales:
el Plan
de Explotación Doc
4 a, que
también recoge el Doc
2 y
Doc3,y Plan
Museístico.
El Plan Explotación fijala inauguración en enero
de 2008 (con
la hipótesis de diciembre
de 2007) previendo
el adelanto o retraso de algún mes, porque en esas fechas (junio de
2006) no podía fijarse con exactitud el plazo de duración de las
obras, pero
sí era posible acabar la obra en ese plazo (18 meses) si
el Aytº hubiera cumplido. (AN/RC lo estimó en 12
meses y
se adjudicó por 16
meses). Dicho
Plan de Explotación (Doc
4 a)se
realizó en estrecha colaboración con el Aytº, que
introdujo en él las modificaciones y variantes que estimó
convenientes hasta
su total aprobación con la firma del contrato, y detalla la
inversión prevista:78.929.231
€ a cargo de AN/RC, con
los ingresos por venta de entradas desde 2008 al
2016. Y que los
equipamientos de Ciencias, pagados
por AN/RC, quedarán en propiedad del Aytº al
término del contrato, siendo
éste sumamente beneficioso para Aytº y Málaga.
En
los Doc
5 y Doc
6 se
refieren al Plan
de Explotación y
a que “el
año 2008 se prevé que el Centro reciba 630.000 visitas” (entre
los tres museos más las exposiciones temporales)
pero eximiendo al Aytº de pagar por pérdidas por ruptura del
equilibrio económico si llegaban menos visitantes.
El
cumplimiento de esas fechas era imprescindible y
sin él AN/RC nunca hubiera firmado el contrato, puesto que para
recuperar los 78.929.231 € de inversión a cargo de AN/RC era
necesaria la actividad total,
cultural, turística y económica, de
los 18.800 m2 del conjunto edificatoriodurante
esos años 2008
al 2016,
basado en el atractivo
del conjunto: El
Museo de Ciencias de la Tierra, más el Museo de Ciencias de la Vida,
traerían las visitas de los centros
escolares (autocares)
y del público juvenil, más el Museo de Gemas y Artes
suntuarias para
los demás públicos,
lo que a su vez llenaría las cafeterías, el restaurante, las
tiendas, que son los que cubrirían los gastos de mantenimiento (sin
coste para el Aytº) abriendo
en enero de 2008. Pero
el Aytº negó la fecha de entrega en 2008, y en 2009 quiso eliminar
los dos museos de Ciencias y reducir a solo 4.000 m2 la superficie a
entregar,
ofreciendo
a cambio un opaco contrato como el que el Aytº tenía con el CAC,
Centro de Arte Contemporáneo de Málaga, y AN/C se negó a aceptar.
II.-
Obligaciones de AN/RC:
Como
obligación principal los Doc.
2, Doc.
3, Do4 relacionan los
13 grupos de exposiciones
y actividades del CENTRO
CULTURAL, contratadas
por el Aytº como
un conjunto y en exclusiva,
siendo tan amplias que solo caben si se dispone del conjunto
edificatorio que
reiteran los
documentos contractuales, sin el que no sería posible hacer todo lo
demás. Y
obliga a AN/RC a costear
a su cargo el total presupuestado en
el Plan
de Explotación, Doc
4,a
(los
78.929.231€) para
los tres
museos en
los diez los años contratados. AN/RC no podría usar esos
contenidos, ni rentabilizarlos para otros, por la exclusiva dada.
AN/RC
debía adelantar
el pago de
los “Gastos
de operativa ordinaria Grupo B” que
detalla el Plan
de Explotación, Doc
4, a (nominas,
seguros, impuestos, proyectos, publicidad, actos, etc) que, después
de pagados por AN/RC, el Aytº le reintegraría hasta
1.200.000€ anuales durante seis años, siempre “previa
justificación documental” comprobada
cada factura y pago por Cultura y el Interventor. AN/RC también
aportaría a
su cargo las exposiciones
temporales.
AN/RC
pagaría a su cargo las instalaciones museísticas,
incluso mobiliario y equipos, fotografías y vídeos, informática,
textos e ilustraciones, audiovisuales, maquetas, etc, (Todo) que
quedarían en propiedad del Aytº al
término del contrato, sin que el Aytº pagara nada por todo eso (Doc
2 ).
Para
atender a tan cuantiosos gastos e inversiones la Asamblea Gral. de
AN/RC acordó en diciembre de 2006, ratificada en enero de 2007, que,
además de sus propios fondos, más los créditos a solicitar, todas
las sociedades de la misma que facturaran al Aytº suministros y
servicios percibirían de sus respectivas facturas únicamente
lo equivalente al pago de impuestos,
dejando el resto como fondo de inversión a
recuperar cuando se tuvieran ingresos por cobro de entradas,
ya inaugurados los tres museos.
Málaga
tendría sin más costo el
Centro Cultural desde 2008 hasta 2016 y el Aytº se quedaría gratis
el
Museo de Ciencias de la Vida y el de Ciencias de la Tierra pagados
por AN/RC.
Además
el Aytº recibiría el 7% de la recaudación neta
(equivalente al 25% de los beneficios). Y se haría a los malagueños
un descuento del 25% en las entradas, Doc
2).
AN/RC
también debería pagar el costo de las obras en
todo lo que excediera de 19.500.000€, siempre y cuando AN/RC “dé
su consentimiento previa y fehacientemente al proyecto y su
presupuesto así como a las bases del concurso de adjudicación de
las obras” debiendo
hacerse “teniendo
en cuenta las características de los proyectos museísticos y
museográficos presentados por AN/RC”. La suma
importancia de
esto es clara, porque
limitaba el costo máximo de las obras y los plazos de realización
de éstas (Doc
2, Cap 2) para
inaugurar en 2008, y por
eso lo aceptó AN/RC.(Pero
en 2009 el Aytº renunció a ese derecho y optó por “lo hacemos
para pagarlo todo”. Así
impedía que AN/RC actuara sobre obras y presupuestos (Ver
Actas Com. Seg. febrero 2009 y otras). Y
la obra costó mucho más.
Tras
cerrarse el acuerdo en los términos anteriormente expresados el
Alcalde pidió que un 5% de lo pagado por el Aytº a AN/RC, a su
“libre disposición“, y ésta lo aceptó, pero exigió que se
escribiera en el Pliego y la Alcaldía lo redactó como 60.000€ (su
equivalente) y dentro se emitieron las primeras facturas, que nada
tenían que ver con el proyecto, aparte otras, que a partir de 2009
AN/RC se negó a pagar, y ha entregado en la Fiscalía.
III.-
Obligaciones del Aytº: Como
obligación principal el
Aytº debía rehabilitar el
conjunto edificatorio (lo
repite 6 veces en Doc
2, 2bis y Doc.3) formado
por dos pabellones en la entrada (de 365 m2) y los tres edificios
principales de18.879
m2,
(licitado por 14.500.000€, pero se pagó más del doble) en los que
se habrían de ubicarse los tres
museos que
forman el Centro Cultural con sus servicios de tiendas, cafeterías,
restaurante, aulas, talleres, más un parking.
La obligación
y necesidad de
la rehabilitación del conjunto
edificatorio y su entrega en plazo y forma
AN/RC completo, para
inaugurar los tres museos en
enero 2008,como
dicen los documentos contractuales Doc 4, Doc.5 y Doc.6, siempre
fueron conocidas por el Aytº.
Por
eso el 28-11-2006, solo
días después de la firma del contrato, el propio Aytº en su Doc
7, tras
referirse a los “Gastos
de Operativa Ordinaria”
y al “Plan
de Explotación” (Doc
4,a) reconoce
que “Estas
obras … tendentes a culminar
las obligaciones del Aytº con Royal Collections,
expresadas por un lado, en las
aportaciones reseñadas
en concepto de “Gastos
de operativa ordinaria”,
pero por otro, en la puesta a punto del
conjunto edificatorio en
el que se desarrollarán las actividades del Centro Cultural”…“De
lo anterior se desprende que las obras deben hacerse con
la mayor celeridad
posible, ya que se
deben poner inmediatamente en uso,
para optimizar la inversión y
los Gastos de operativa ordinaria comprometidos…”
y concluye con:
“PROPUESTA:
Por lo expresado en este informe, se propone la contratación de las
obras por el Procedimiento de URGENCIA”
(es
de 28-11-2006, pero el Aytº incumplió).
Como segunda obligación, el Aytº debía abonar a AN/RC el mismo importe anual que ésta percibía en Valencia (1.200.000€) no durante toda la vigencia del contrato, sino solo los seis primeros años, hasta un total de 7.200.000€ (el 9% de la inversión a cargo de AN/RC) y solo para “Gastos de Operativa Ordinaria, Grupo B” (No para cualquier gasto) en concepto de “Aportación municipal” Doc.2, 3, 4, 5, 6 y “según el Plan de Explotación” (lo repite 7 veces) Plan que, como se ha dicho, se acordó con el Aytº, que introdujo sus cambios (Doc 4,a)
Como segunda obligación, el Aytº debía abonar a AN/RC el mismo importe anual que ésta percibía en Valencia (1.200.000€) no durante toda la vigencia del contrato, sino solo los seis primeros años, hasta un total de 7.200.000€ (el 9% de la inversión a cargo de AN/RC) y solo para “Gastos de Operativa Ordinaria, Grupo B” (No para cualquier gasto) en concepto de “Aportación municipal” Doc.2, 3, 4, 5, 6 y “según el Plan de Explotación” (lo repite 7 veces) Plan que, como se ha dicho, se acordó con el Aytº, que introdujo sus cambios (Doc 4,a)
El
objeto de esta “Aportación
Municipal” se
concreta en “Para
el establecimiento
e inicio de
las actividades”
no citándose en el contrato la palabra subvención ni ninguna otra
mención. AN/RC se
estableció en
Málaga en enero de 2007 e
inició las
actividades, abriendo
oficinas, contratando personal, y firmando contratos con
proveedores y
las mantuvo con
la mayor amplitud que permitía la parte del conjunto edificatorio
que se le entregó (solo la de oficinas en 2007 y la residencia en
2010). Lo que no pudo hacer fue la parte principal
y rentable: Los
tres museos, tiendas, cafeterías etc,
porque
el Aytº no entregó el conjunto edificatorio en que ubicarlos.
IV.
‐En enero de 2007, el
Acta de enero de la Comisión de
seguimiento (que solo el alcalde puede convocar y la
preside) dice: “el
alcalde preguntó cuándo estará finalizado el proyecto básico
para sacar a contratación el proyecto de ejecución y la obra, D.
Francisco Eguilior (el
que firma los Doc 7 y 8) le
contestó que puede estar para Semana Santa”
(marzo de 2007, Doc
12).
El
primer incumplimiento de
contrato por
el Aytº fue
el de retrasar
un año la contratación de
las obras. Ante
las protestas de AN/RC por el retraso, el
18-09-2007 otro
documento del propio Aytº (Doc
8) ) insiste “NECESIDAD
DE CONTRATACIÓN POR TRÁMITE DE URGENCIA”
y dice “Los
convenios firmados con las entidades privadas por
el Aytº hacen que, de
retrasarse el
inicio de las obras aún
más,
pueda éste (el
Ayuntamiento) incumplir
los compromisos adquiridos con
dichas entidades”
y añade “De
todo lo antedicho se deduce la
urgencia del
inicio de las obras y
poder hacer entrega a los adjudicatarios de los edificios finalizados
lo antes posible”. Es
por tanto inequívoco que el Aytº conocía su obligación de
entregar el conjunto edificatorio para enero de 2008
En
ese otoño de 2007 se produjo otro incumplimiento
del Aytº:
Como antes se ha dicho el Doc
2
otorga
a AN/RC el derecho a dar, o no, “su
consentimiento previa y fehacientemente al proyecto y
su presupuesto, así
como a
las bases del concurso de adjudicación de
las obras”, muy
importante porque para poder ejercerlo AN/RC se comprometió a pagar
el costo de obras que excediera de 19.500.000€. AN/RC continuamente
reclamaba a Urbanismo el proyecto y las bases del concurso, hasta que
el 20 de septiembre de 2007 se le dio el escrito (Doc
9 C) que
AN/RC lo devolvió firmado al día siguiente, pero habiendo añadido
un folio (Doc
9 D) que garantizaba trasparencia en
la adjudicación, responsabilizaba al contratista de
posibles modificados y
se blindaba
el costo total
de las obras
y Urbanismo lo aceptó.
Pero
después de firmado por AN/RC Urbanismo eliminó ese folio
añadido por AN/RC
y en su correo de 25 de septiembre 2007 el Jefe Económico de
Urbanismo responde que Javier Ferrer (por orden del Alcalde) ha
introducido cambios “la
dificultad de condicionar una aceptación a otra aceptación” ….que
podamos llegar a un acuerdo que satisfaga vuestras pretensiones…que
la inversión final en ningún caso sea superior a 19.5 millones de
€”…”mas el hecho de responsabilizar al contratista de las
obras del pago de posibles modificados (clausula
introducida en el pliego)
garantiza el tope de la inversión en la cantidad señalada”….”Porque
blinda el costo total de las obras”. Y
concluye “te
haré llegar una copia del nuevo pliego”,
(Doc
9 E) Pero
no envió el pliego
y los correos de los días siguientes muestran cómo actuó Urbanismo
y las consecuencias que tuvo.
En estos correos
(Doc
9 F hasta L) queda
inequívocamente claro cómo se manipuló para adjudicar las
obras, eliminando las condiciones, lo que llevaría a sobrecostos de
más de 9.000.000€. (pero
Aytº, además de negar al juzgado sus propios Doc 5 y 6, no
informo al juzgado de estos Doc 7, 8 y 9)
AN/RC
confiaba en el cumplimiento de las fechas
de entrega del conjunto edificatorio, de
acuerdo con el Plan de Explotación,
Doc 4,
quizás con algún mes de retraso (no de años) por tratarse de una
obra grande, aunque simple. AN/RC
cumplió con su parte:
Se estableció en Málaga con oficinas, inició sus actividades
contratando personal técnico, auxiliar, científico (17 puestos de
trabajo fijos, más los exteriores) Amplió los Proyectos para los
museos de Ciencias de la Tierra y de Ciencias de la Vida (Hasta
cubrir los 11.000 m2 contratados para ello), más el de Gemas y Artes
suntuarias, con costo de más de un millón de euros, (Doc
10)
y
pagó mobiliario,
,
equipos, etc, más actos y campañas publicitarias con el
Aytº y parte de los 1.200.000€ de aportación municipal de
esos años fue al pago de facturas por publicidad, regalos,
encuestas, actos, folletos, CD, (Doc10
bis)
supervisados
por el Aytº (solo en 2007 más de 200.000€).
El
Aytº sabía que no se inauguraría (porque
en el Presupuesto municipal ni figuraba la dotación para esas obras)
y sin embargo usó el trabajo de AN/RC y el proyecto como
argumento en campaña, para obtener más votos ciudadanos en las
elecciones de mayo de 2007; anunciando que los museos se inaugurarían
en 2008, Doc
10, sabiendo
que no entregarían los edificios.
Por
haber cumplido AN/RC al
cierre del año 2007, el
Aytº certifica sus
pagos a la misma por “haber
sido realizada la prestación objeto del expediente a entera
satisfacción de la Corporación” (Doc
11). Al
cierre de ese primer año AN/RC no consumió el total disponible
ahorrándose al Aytº parte del 1.200.000€ a reintegrarle por lo
anticipado para “Gastos
de operativa ordinaria Grupo B”. En
2007 AN/RC había cobrado del Aytº 851.227€, pero había firmado
contratos por más de 7.000.000€ y firmado créditos por
2.000.000€. (Doc
4, b, bis)
V.
‐En 2008, Para
seguir cumpliendo con su parte AN/RC anticipaba el pago de todos
los “Gastos
de Operativa Ordinaria Grupo B” siguiendo
el procedimiento:
AN/RC presentaba al Aytº la lista de pagos (nominas, seguros,
proyectos, publicidad, e incluso impuestos) y anticipaba
el pago. Y después de pagado, Cultura
y el Interventor comprobaban uno a uno los pagos, y el Aytº los
reintegraba trimestralmente. Ese año AN/RC tampoco consumió el
total de los 1.200.000€ disponibles (Ahora a pesar de que todos los
equipamientos se quedaron en el Aytº, exige que“devuelva
lo cobrado”
-lo
antes pagado por AN/RC-
5.600.000, más sus recargos, llegando ya a 9.571.641,66
€.
Además
de lo ya pagado por AN/RC como Gastos
de Operativa Ordinaria Grupos A y C (que
el Aytº no reintegraba a AN/RC) los contratos de compra para los
museos de Ciencias eran millonarios (Doc
4,a y 10
bis) por
lo que, así pillados, la
“marcha atrás” ya era imposible a AN/RC.
Concluido lo
necesario para la instalación de los tres
museos,
en las actas de la Comisión de Seguimiento presidida por el
Alcalde (Doc.12, Doc.23 y Doc.32) constan
las quejas de AN/RC por los retrasos en la entrega de los edificios,
y que AN/RC cumplía con todas sus obligaciones
(Doc 9, 10,11, 12, 13, etc) en
todo lo que podía hacerse con solo el pabellón de oficinas (el 3,5
% del conjunto edificatorio) que solo tenía una sala de 120 m2 para
presentaciones temporales.
Además
de todo lo dicho en 2007, AN/RC asistió
en 2008 a todas las ferias internacionales de Turismo y Cultura (Doc
12) sola
o con el Aytº: WTM Londres, ITB Berlín, FITUR Madrid y promociones
en Beijing, Shanghái, New York, Washington, Emiratos Árabes, más
un largo etc, y realizó pequeñas exposiciones en Málaga (lo que
cabía en los 120m2 útiles).Y
firmó convenios con las agencias que organizan las excursiones
escolares, con las de la 3ª Edad, Imserso, y con más de 150 Tour
Operadores y Agencias de viajes,
para traer visitantes a Málaga y a Art Natura, con pago de
comisiones por ventas de entradas (Doc
13).
ara promocionar
internacionalmente a Art Natura Málaga,
darla a conocer al turismo interior y posicionarla a altos niveles,
AN/RC firmó convenio con la Exposición
Internacional Zaragoza 2008,donde
se expusieron en el Pabellón
de España otras
grandes gemas en nombre de Art Natura Málaga que fueron visitadas
por Jefes de Estado, de Gobierno, Príncipes y Altos mandatarios de
más de cien países (Doc
14 y 14 bis) y
largas colas de visitantes, con gran repercusión en prensa, radio y
T.V. españoles y extranjeros, en beneficio de la imagen de Málaga.
SS
MM los Reyes de España D. Juan Carlos I y Dñª Sofía visitaron las
gemas expuestas y los Sres. Álvarez de Toledo y Alcaraz ofrecieron a
SS MM presidir la inauguración de Art Natura Málaga (que en
aquellas fechas el Aytº comprometía para primavera de 2009) y
ofrecieron a S.M. la Reina Dñª Sofía que diera Su nombre a una de
las grandes gemas, lo que fue aceptado por S.M., autorizándose el
nombre de “Aguamarina
Reina Sofía”.
Asimismo
se estudió con la Casa Real el establecimiento de un Convenio de
Colaboración entre la Fundación Reina Sofía y Art Natura-Royal
Collections, como una acción más para situar a Art Natura y Málaga
en más amplios círculos. Por ese convenio AN/RC dedicaría parte de
sus ingresos a acciones benéficas, el 50% para la lucha contra el
Alzheimer mediante la Fundación Reina Sofía y el 50% a entidades
benéficas y culturales malagueñas (Doc
15). Paralelamente
se extendió una gran acción de relaciones con las más Altas
autoridades de España y otros países, invitándoles a asistir a la
“ya próxima” inauguración de Art Natura Málaga. (Doc
16)
El
Alcalde y el Aytº valoraron y aprovecharon al máximo esas
acciones de AN/RC,
como hizo público en diversas declaraciones y comunicados
oficiales, repitiendo
que se inaugurará “en
2009… 20.000 m2 y
tendrá el 80% de espacio de uso cultural, en el que destacarán tres
grandes museos… Royal Collections, Ciencias de la Tierra, Ciencias
de la Vida, más Actividades y Servicios” y
sigue detallando los contenidos (Doc
17) como
el alcalde hizo en Zaragoza a medios de comunicación.
Al
cierre de 2008 el
Aytº certifica otra vez que sus pagos a AN/RC se han hecho
por “haber
sido realizada la prestación objeto del expediente a entera
satisfacción de la Corporación. (Doc
18).
AN/RC
siguió anticipando el pago de todos los “Gastos
de Operativa Ordinaria, Grupo B”
y continuó con propaganda incluso programó una campaña sin
precedentes (Doc
19) que
hubo de anularse al comprobar que las obras no avanzaban y no tener
el conjunto edificatorio, AN/RC
no percibió los ingresos por cobro de entradas previstos en el Plan
de Explotación para ese año 2008,
manteniendo sus colecciones y exposiciones almacenadas, que habían
sido cedidas
en exclusiva al Aytº.
FINALIZÓ 2008 Y EL AYUNTAMIENTO NO ENTREGÓ EL CONJUNTO EDIFICATORIO, incumpliendo el contrato.
FINALIZÓ 2008 Y EL AYUNTAMIENTO NO ENTREGÓ EL CONJUNTO EDIFICATORIO, incumpliendo el contrato.
¿Con
qué derecho exige ahora el dinero que le
abonó a AN/RC (no
para su beneficio, sino para el pago de facturas) previamente pagadas
por AN/RC como
establecía el contrato?
VI.
‐Ya en el año 2009 AN/RC
continuó cumpliendo su parte del contrato: Firmó convenios con más
de 50 museos, fundaciones e instituciones (Atapuerca, Genoma, etc) y
con la UMA, Universidad de Málaga, para crear la nueva Titulación
de Gemología, aportando
AN/RC 300.000€
y contrató profesores de la UMA y universidades de Barcelona, Madrid
y Valencia. Asistió también a las ferias WTM Londres, ITB Berlín,
FITUR y ARCO, Madrid, más Málaga, con “Presentaciones” de los
contenidos de sus tres museos y otros actos, todo lo que podía
hacerse, ya que al finalizar 2009 el Aytº solo le había entregado
las oficinas con su sala de 120
m2.
AN/RC
siguió editando videos y folletos pero cambiando
“En
el año 2008”por
el texto de “Próxima
Apertura 2009” (Doc
20) y
firmando más convenios con las agencias que organizan las
excursiones escolares, y
las dedicadas al Imserso
y la 3ª Edad,
además de con Tour
Operadores de
viajes para traer visitantes a Málaga y a Art Natura, (los pocos que
faltaban y los nuevos) (Doc
21) a
los que se les pagaría una cantidad por cada grupo que trajeran. Las
visitas según esos convenios superaban ya las 630.000 anuales
previstas (Doc
4, Doc
5, Doc
6 y Doc
13, entre
otros)
Con
fecha 20
febrero 2009, el Aytº certifica otra
vez sus pagos a AN/RC por “haber
sido realizada la prestación objeto del expediente según lo
establecido en el pliego, a entera satisfacción de la
Corporación” (Doc
22).
A
pesar de las continuas protestas de AN/RC las obras seguían sin
avanzar /AN/RC tenía prohibido el acceso a las mismas, que estaban
valladas) y la explicación que dio el ayuntamiento, era la necesidad
de reforzar la cimentación, lo que suponía un sobrecoste de más de
5.000.000 €. Extremo que solo podía ser de su responsabilidad,
pues se había obviado el preceptivo estudio geotécnico.
INICIÓ
LA RUPTURA con el Aytº.
A pesar de que AN/RC cumplía todas sus obligaciones , en marzo de
2009 se
inició la ruptura por las continuas reclamaciones de AN/RC en
cartas y en la Comisión de seguimiento (Doc23) por retrasos
y sobrecostos en las obras, además
de:
a). El
Alcalde citó
en su despacho al presidente de AN/RC y en presencia del ex
Secretario de Estado de Cultura el
alcalde pidió que AN/RC renunciara a hacer los dos Museos de
Ciencias
porque para esas plantas, E3 de 11.500 m2, tenía “otro proyecto
más rentable” que el Gerente de Alcaldía Javier Ferrer
llevaba en una carpeta, reduciendo la superficie museística de los
18.800 m2 contratados, a solo 4.000 m2 (así lo reconoció éste en
la Comisión de Investigación) pero que si AN/RC aceptaba seguir
sólo con el Museo de las Gemas, continuaría cobrando 1.200.000 €.
AN/RC
respondió que los dos museos de Ciencias eran
parte irrenunciable del
proyecto, ya que en ello se basaba el Plan de Explotación, con la
previsión de 630.000
visitantes anuales entre los tres museos, Doc
4, a, Doc
5, Doc
6) de
los que dependían los ingresos,
pues los museos de Ciencias, además de traer a los autocares de
escolares, tenían las aulas
y talleres, tiendas,
cafeterías, restaurante,
etc, imprescindibles para cubrir los cuantiosos gastos comprometidos
en dicho Plan de Explotación.
El
Alcalde ofreció entonces cambiar el contrato vigente
por otro similar al que ya tenía con el CAC por el cual AN/RC
tendría que permitir la entrada libre y gratuita a todos los
malagueños y a determinados colectivos sociales o de interés
municipal, y pasaría a percibir tres millones de euros anuales
(3.000.000€) más IVA, como el C A C. El presidente de AN/RC lo
aceptó en principio, pero entrando en detalles el Alcalde dijo que
de esos tres millones AN/RC debería pagar un millón anual
(1.000.000€) a quien él diría, por no se sabía qué servicios o
suministros, como en el CAC.
El
presidente de AN/RC se negó a eso por no verlo claro ni publicable,
y
pidió que si el Aytº no podía (o
no querían) entregar
ya el conjunto edificatorio, se rescindiera ya el contrato, pero el
alcalde se negó porque,
según dijo, el contrato de obras con Ferrovial debía
completarse. (No
hubo acuerdo, pero
el Aytº nunca entregó ese edificio de 11.000 m2s).
b). AN/RC
había accedido a lo añadido por el ayuntamiento (pagar el 5% de lo
que el Aytº pagara a AN/RC) pero obligó a que se dijera en el
contrato, si bien, cuando lo redactaron, no se menciona “el
5 %”, sino
los “60.000€”, su
equivalente. AN/RC había condicionado esa libre disposición, por lo
que al ver que se pagaban facturas que no tenían relación directa
con los tres museos (Doc
24) puso
reparos y además se negó a pagar ninguna otra factura aparte
más. (Esas
facturas y justificantes de bancos están a disposición de la
fiscalía, esperando
que sean investigadas)
c). AN/RC
seguía denunciando sobrecostos en las obras. En cartas dirigidas al
Alcalde y a Urbanismo oponiéndose al gasto de “8.038.402,61
€, por trabajos que no se han de hacer, por ser partidas no
solicitadas, o por el excesivo costo propuesto”
y, lo que es más grave, por “2.589.998,33
€, por trabajos ya comprendidos en el Proyecto Básico y, por ello,
incluidos ya en el costo total de la adjudicación y no corresponder
nuevos costos”.
Estas
denuncias fueron precedidas y seguidas por otras muchas (Doc
25 al Doc
29,
etc) detallando
los gastos innecesarios, más los que sí debían hacerse sin cobro
aparte por estar incluidos en el Proyecto básico adjudicado por
concurso, pero desde la Alcaldía se ordenó que no se atendiera lo
escrito por AN/RC (Doc
30) y
siguieron haciendo importantes dispendios a cargo al erario
municipal.
d). Paralelamente el
Aytº renunciaba a que AN/RC pagara los costos de las obras en
lo que excediera de 19.500.000€ Doc
2) parece
que con el fin de que AN/RC ya no tuviese derecho a aprobar los
presupuestos de obras, ni oponerse a los sobrecostos. De este modo se
impedía que AN/RC actuara sobre los presupuestos, los reformados y
los plazos. Se negaba a AN/RC la rescisión del contrato
(manteniéndolo
se justificaba seguir con las obras) a
pesar de que el Aytº seguía incumpliendo los plazos de
entrega. Y finalmente parece que la obra costó el doble de lo
licitado.
FINALIZÓ 2009 y el Aytº TAMPOCO ENTREGÓ LOS EDIFICIOS para hacer posible instalar los tres museos y AN/RC tampoco percibió los ingresos por cobros de entradas y demás previstos en el Plan de Explotación para ese 2009, Doc 4 a, manteniendo encerradas sus colecciones por la exclusiva dada al Aytº. Por ello varias sociedades integrantes de la Agrupación Royal Collections acreditaron que la situación era ya insostenible y en acta notarial de diciembre de 2009 consta la salida de Diseños y Proyectos Monasterio S.L.; Geociencias S.L.; Japan Comunications; Space& Art Co, además de otros privados aportantes de artes, gemas, fósiles, etc, que se asumieron por los restantes. Las obligaciones de los salientes las asumieron los que continuaron.
FINALIZÓ 2009 y el Aytº TAMPOCO ENTREGÓ LOS EDIFICIOS para hacer posible instalar los tres museos y AN/RC tampoco percibió los ingresos por cobros de entradas y demás previstos en el Plan de Explotación para ese 2009, Doc 4 a, manteniendo encerradas sus colecciones por la exclusiva dada al Aytº. Por ello varias sociedades integrantes de la Agrupación Royal Collections acreditaron que la situación era ya insostenible y en acta notarial de diciembre de 2009 consta la salida de Diseños y Proyectos Monasterio S.L.; Geociencias S.L.; Japan Comunications; Space& Art Co, además de otros privados aportantes de artes, gemas, fósiles, etc, que se asumieron por los restantes. Las obligaciones de los salientes las asumieron los que continuaron.
VII.‐AÑO
2010. En
enero de
2010 AN/RC escribió otra vez al alcalde (Doc
31) para
que constara en acta de la Comisión de seguimiento la imperiosa
necesidad de disponer del conjunto edificatorio (A esa fecha el Aytº
solo había entregado el pabellón de oficinas, el 3,5% del conjunto
edificatorio) y en la misma constan los perjuicios y el estado real
de las obras, que estaban paradas desde hacía meses, o ni siquiera
iniciadas en los museos de Ciencias.
El
alcalde citó al presidente de AN/RC y le dijo lo poco pertinente de
referirse a sobrecostos cuando era potestad exclusiva del
ayuntamiento y que no podía repetirse el ambiente de 2009 porque
perjudicaba. El presidente de AN/RC se sintió coaccionado y le
expuso la grave situación por su incumplimiento ¡ya
dos años de retraso!
sin ingresos y con pérdidas, la baja de cuatro de las sociedades de
AN/RC, etc y
pidió la entrega del conjunto edificatorio, o la rescisión del
contrato.
El
alcalde dijo que AN/RC había recibido del Aytº los pagos que
correspondían y que renunciar al contrato también perjudicaría a
AN/RC, pues aún
le quedaba por cobrar del Aytº 4.800.000 €
resto del canon (de los 7.200.000€ fijados por el contrato) y la
renuncia suponía perderlos. AN/RC le respondió que si le quitaban
los dos museos de Ciencias como había pretendido en
2009, renunciaban
a cobrar nada más. Pero el contrato continuó en vigor, y las obras
adjudicadas a ferrovial también.
El
alcalde dijo que entregaría el conjunto edificatorio en
los próximos meses para inaugurar ese año 2010 y
entregaría ya el pabellón para residencia (con oficinas alcanzaban
solo el 7,5% del conjunto edificatorio) y que si AN/RC lo
aceptaba el
Aytº pagaría todas las pérdidas.
AN/RC
aceptó pero exigió que se le diera por escrito la fecha de entrega
porque días después el Consejo de Art Natura tenía una audiencia
en el Palacio de la Zarzuela y querían invitar a SS MM a inaugurar
el Centro Cultural, y al día siguiente AN/RC recibió e-mail del
concejal de cultura comprometiendo la entrega del conjunto
edificatorio para inaugurar ese mismo año 2010 (Doc32).
En la Comisión de Seguimiento del siguiente mes, Doc
32 a), vuelve
a aparecer la preocupación de AN/RC por que no haya más retrasos y
sobrecostos, y se recoge en Acta que el alcalde y Urbanismo se
comprometen de nuevo a que se
entregará el conjunto edificatorio completo entre el 15 de junio y
el 15 de octubre para su inauguración en otoño de 2010).
En
la audiencia al Consejo de AN/RC en el Palacio de la Zarzuela S. M.
la Reina Dñª Sofía departió
con los consejeros malagueños (Doc
33) y
se expuso que
SS MM inauguraran Art Natura Málaga en noviembre de ese año (día
a fijar por la Casa Real) ya
completo.
El
Consejo de AN/RC no invitó al Alcalde a acompañarles a esa
audiencia, pero el protocolo obligaba a que el alcalde cruzara cartas
con la Casa Real y el
6-3-2010 el Alcalde escribió a la C.R. para la inauguración por
SS MM los Reyes en
noviembre de 2010 de
todo el conjunto edificatorio,
detallando: “Art
Natura va a ocupar 18.879 m2…con piedras preciosas, medio ambiente,
mundo mineral” (Doc
34) (los 18.879
m2, no
solo una parte menor)
¡¡
Pero ese
mismo mes aprobaron
la demolición interior del edificio E2 de
3.000 m2 y
rehacerlo,
lo que, siendo a través de éste la única entrada a los tres
museos, eso haría imposible su apertura!! (Y
esa obra también se le dio a Ferrovial sin concurso, por más de 3
millones € )
Y
como en años anteriores, ese año 2010 AN/RC volvió a estar en las
ferias internacionales de WTM Londres, ITB Berlín, FITUR y ARCO,
Madrid y revitalizó los convenios con los T.O. y Agencias de viajes,
de excursiones escolares y de Imserso (perjudicados por haber
anunciado las visitas a Art Natura Málaga, que tuvieron que anular,
quedando defraudados).
De
igual modo se reprogramó la Titulación
de Gemología con la UMA Universidad de Málaga (que AN/RC
dotó con 300.000 €) para el curso 2010,
ya que el
curso anterior hubo de anularse por
no disponer del conjunto edificatorio con los dos museos de Ciencias.
VIII.‐Con
esos definitivos compromisos a tan alto nivel, AN/RC
se lo creyó, pero
advirtió lo que en el acta, Doc
32 a, se
recogió. Por eso AN/RC “echó el resto” y en la fachada de la
Feria de Málaga en agosto del 2010 se colocó un gran logo en neón
a color de “Art
Natura” y
se repartieron gratis 10.000 sombreros de paja, 25.000 abanicos de
cartón, 10.000 globos y se reimprimieron los folletos, todo con el
mensaje de “Próxima
Apertura”
de los tres museos (Doc
35)
En
septiembre AN/RC contrató a un gabinete la selección de los 140
puestos de trabajo para los tres museos (18
especialidades, desde profesores, hasta animadores, camareros, etc)
poniéndose anuncios en todos los diarios malagueños y se recibieron
59.831 C.V. (Doc
36).
En
octubre un empleado de Ferrovial filtró que los edificios estaban
muy lejos de su acabado (AN/RC tenía prohibido el acceso a los
mismos, que estaban vallados). AN/RC, temiéndose un nuevo
incumplimiento, pidió al alcalde la reunión de la Comisión de
seguimiento, no teniendo respuesta, por lo que se dirigió carta al
alcalde insistiendo en la
entrega del conjunto edificatorio, dicho en Doc
2 y 3, donde
en 2008 debían haberse instalado e inaugurado los tres museos, como
preveían esos documentos contractuales 4, 5, 6 más 7 y 8, y
que se le
diera por escrito lo prometido sobre
el pago por las
pérdidas auditadas
de los ya tres años de retraso. No hubo respuesta. La lectura
de esa carta (Doc
37) resume
la evolución de los hechos y de los incumplimientos por el Alcalde y
Urbanismo.
Y
cuando AN/RC
pretendió introducir el mobiliario en los edificios, Urbanismo no lo
permitió, y entonces se destapó que los edificios no estaban
terminados.
Y cuando AN/RC pretendió informar a los solicitantes (a los 59.831
C.V
que se recibieron) de que se anulaba la convocatoria de los 140
puestos de trabajo porque el Aytº no entregaba los edificios en los
que trabajar
el Alcalde impidió que se comunicara
(así lo reconoció el concejal de Cultura ante la Comisión).
(Doc
43 y bis).
Días
después, el 9 12-2010, el presidente de AN/RC visitó al Alcalde y
le
comunicó que se rescindía el contrato
y se emitiría un comunicado, dándole
una semana para aceptarlo,
u ofrecer una solución. Antes de terminar la semana dada de plazo la
reacción del Aytº fue una falaz carta enviada a AN/RC fechada el
13-12-2010 (y filtrada a la prensa) en la que se le dice la
disponibilidad de los edificios. ¡Habiendo dos escritos de Urbanismo
de ese mismo mes en los que prohíbe
expresamente a AN/RC acceder a los edificios,
incluso
se le prohibió el acceso al notario!
Ante tan evidente falsedad AN/RC requirió otra vez a un
notario que
se personó en las obras y levantó
sendas actas con
fotos de
los edificios sin suelos, ni techos, ni puertas, con huecos en
ventanas sin marcos, sin instalaciones de electricidad, agua,
etc, (Doc
38, diciembre
de 2010) por lo que se suspendió la selección de personal y los
contratos para la inauguración (indemnizándoles).
A
pesar del compromiso ante la Casa Real a
la que el Aytº había invitado por escrito a inaugurar el Centro
Cultural Art Natura Málaga, completo
como el alcalde firmó en su carta, Doc
34: 18.879
m2… con piedras preciosas, medio ambiente, mundo mineral”; de
la decepción de los 59.831
C.V recibidos,
y de todo lo que reitera el contrato y sus documentos contractuales,
el Aytº volvió a incumplir. Este
definitivo incumplimiento del alcalde y del Aytº obligaron a AN/RC a
pedir la resolución del contrato,
porque, transcurridos
más de 4 años desde su firma y consumidos 3 de los 8 años de
explotación convenidos,
era ya un contrato de imposible cumplimiento.
HECHOS
Y DOCUMENTOS DEL 9 DE DICIEMBRE DE 2010 AL AÑO 2012:
IX.-
El 9 de diciembre de 2010 AN/RC entregó en mano al alcalde la
solicitud la resolución del contrato por no habérsele entregado el
conjunto edificatorio (Doc
39) porque a
esa fecha solo se le había entregado el 7,5 % del
conjunto edificatorio
(así consta en Actas notariales, con fotos) que debía haberse
inaugurado en 2008, dándole
una semana para aportar una solución,
y al tener como respuesta la falaz carta antes dicha la envió por
correo administrativo, a la vez que por ventanilla. En su solicitud
de rescisión contractual AN/RC pidió “Que
se le reconozca el derecho a ser indemnizado, de acuerdo con la
Ley” (Sin
pedir ni un euro, sólo que se le reconociera el derecho, según
prevé textualmente el Doc 3). Y en el siguiente Recurso se
añadió “Que
el Aytº adopte medidas en relación al conjunto edificatorio…. al
objeto de no
comprometer o realizar gastos vinculados
al mismo”
haciendo clara alusión a las obras que continuaron. En
esa fecha AN/RC tenía pendiente de facturar al Aytº 2.400.000€ de
los 7.200.000€ que el contrato señala,
a los que AN/RC renunciaba (además
de a los daños y perjuicios) para poder rescindir el contrato,
porque pasados
ya tres años y sin entregarse los edificios,
era imposible su cumplimiento.
Cualquier
persona de recto juicio puede entender que si los tres museos,
tiendas, cafeterías, etc, debían haberse inaugurado en
2008 ocupando
el conjunto edificatorio, y el
Aytº no entregó los edificios ese año, ni en 2009, ni en
2010, ello
daba sobrado derecho a AN/RC para pedir
la resolución del contrato, o que se le novara y se pagaran las
pérdidas auditadas,
a elección del Aytº.
Y
que el recto proceder de AN/RC quedaba demostrado con los documentos
contractuales, los escritos, las actas notariales y las actas de la
Comisión de seguimiento (a pesar de que su redacción siempre fuera
a favor del Aytº) y que el cumplimiento de AN/RC había sido
reconocido por el Aytº.
El
propio Aytº había reconocido en
varios escritos que solo lo abonaba “previa
justificación documental”
y siempre después de
que AN/RC hubiera anticipado
los pagos de
los “Gastos
de Operativa Ordinaria, Grupo B”, Doc
2, 3, 4, 5, 6 y 7 (no
cualquier gasto).Por eso el Aytº reconoce, en varios escritos, haber
pagado por “haber
sido realizada la prestación objeto del expediente según lo
establecido en el pliego, a entera satisfacción de la Corporación”
En
su Informe (Doc
40) para
denegar a AN/RC la resolución del contrato y el “derecho
a ser indemnizada de acuerdo con la Ley”, previsto
en el Doc
3, el
Aytº lo argumenta diciendo que lo que se le ha pagado ha
sido“…por
la necesidad de mantener inmovilizadas sus colecciones…”(las
colecciones se mantenían inmovilizadas por la
exclusiva dada al Aytº,
no pudiendo rentabilizarse por no tener los edificios en que
exponerlas) y que “se
le ha pagado por ese concepto…previsto
en su Plan de Explotación…”Así mismo se le han abonado los
gastos de personal, proyectos, actividades de promoción y publicidad
con cargo a la aportación municipal anual para el establecimiento e
inicio de las actividades objeto del contrato.” por
lo que “…
no ha sufrido perjuicio económico” suscribiendo
este informe la Jefa económica de Cultura que condicionó el Plan de
Explotación según interesaba al Aytº (Doc
4 bis)
Y
NADA se cobró a beneficio de AN/RC ni sus socios y consejeros,
pues éstos trabajaban sin
sueldo, solo a % sobre beneficios,
no producidos al no estar en explotación los museos.
Para
poder calificar la grave situación provocada, baste considerar que:
Frente a 5.675.000€ que el Aytº reintegró a
AN/RC por facturas cuyo
pago ésta anticipó hasta
7.502.000€ obligada por el contrato por ser “Gastos
de operativa ordinaria Grupo B”, se
pagaron las nóminas de los empleados
malagueños de
esos años (1.096.516€); los seguros (242.061€); el
IVA e I.S. (1.199.754€) pagado a Hacienda;
pagos a técnicos externos (universidades, científicos, textos,
fotografos, redactores, creativos, diseñadores, dibujantes,
delineantes, programadores, etc, 627.669€); los proyectos y
equipamientos para museos de Ciencias que
el Aytº se quedó (991.744€);
la publicidad, promoción, gastos de viajes a las ferias (507.554€);
los muebles, ordenadores, audiovisuales, etc, (210.742 €) que
se ha quedado el Aytº;
e incluso los
300.000€ a pagos directos al propio Aytº;
más los regalos y lo pagado a sus campañas 240.000€ (Doc
9, y
112 al 120). Nada
se pagó para beneficio de AN/RC.
En
cuanto al objeto de esos gastos museísticos el
80% se dedicaron a la creación de los dos museos de Ciencias y solo
el 20% al de Gemas y Artes, puesto
que AN/RC eso ya lo tenía.
Por
todo lo expuesto y documentado, más lo que sigue, queda claro que la
Junta de Gobierno Local (formada solo con concejales del PP y
presidida por el alcalde) tomó su acuerdo de reclamar a AN/RC la
cantidad de 9.571.641,66€ )
con manifiesta irregularidad, tal vez por desinformación.
X.-
A pesar de la
falsa maniobra
antes dicha en la última semana de diciembre 2010 el alcalde citó
en su despacho al presidente de AN/RC y le dijo que ya estaban en
precampaña de las elecciones de municipales (de Mayo 2011) y
que
midiera bien
enfrentarse a él y al PP. Que ésta vez sí se entregaría el
conjunto edificatorio porque estaba casi acabado (AN/RC no lo podía
comprobar porque tenía prohibido el acceso, incluso con notario). Y
que si
retiraba la petición de rescisión accedería a pagar las pérdidas
auditadas;
pero que AN/RC preparara una
gran campaña publicitaria (que
el Aytº compensaría) justificada porque el anuncio de la
inauguración coincidiría con su campaña de elecciones. Ante la
posibilidad de cobrar
las pérdidas, o enfrentarse a un pleito, AN/RC
aceptó. Parte
de ese gasto debería hacerse en efectivo, y AN/RC esa misma semana,
el 29-12-10 retiró de sus cuentas 1.00.000€ para ese fin,
entregándose parte de ello, pero al negarse los receptores afirmar
los recibí, AN/RC anuló los siguientes talones bancarios por
75.000€.
Según
lo acordado
AN/RC presentó al
alcalde otro
recurso retirando
la petición de resolución del
contrato
(Doc 41)
pero manteniendo que “se
le reconozca el derecho a ser indemnizada, de acuerdo con la Ley ”
(como
dice el contrato, Doc
3) y negociaron
la campaña publicitaria
propuesta del alcalde, en la que el
diario SUR
repartiría gratis 400.000 minerales de enseñanza y colección, más
posters con La Opinión y Málaga Hoy (Doc
42).
Para
concretar lo acordado respecto al pago de las pérdidas (cantidades y
fechas) al AN/RC y el alcalde convinieron en nombrar
dos mediadores (se
propuso al presidente de la CEM junto a otro miembro del Consejo
Asesor) que hablarían con el alcalde y con Carolina España. Pero al
ir a recoger el escrito firmado por el alcalde según lo acordado,
éste pidió que la firma se pospusiera “para
después de las elecciones”
municipales. AN/RC vio en eso otra maniobra dilatoria como las
de años anteriores y no aceptó. (Después se nombraron otros
mediadores, sin resultado)
Ya
en plena campaña electoral el alcalde denegó otra vez el recurso en
el que AN/RC,
aunque retiraba la petición de resolución,
solicitaba “se
le reconozca el derecho a ser indemnizada “, e
instó a abrir los museos pero sin entregar los edificios en que
ubicarlos.
Pasados
más de tres años desde la fecha inaugural contratada, el Aytº solo
había entregado los pabellones de oficinas y residencia y
AN/RC había perdido más de tres años de ingresos,
el 35 % de lo previsto (Doc 4,5,6). A esa fecha los gastos
justificados y no reintegrados eran cero
euros,
pero al tener que continuar cumpliendo
sus obligaciones como el Aytº exigía (en
lo que podía hacerse sin edificios) AN/RC siguió pagando
los “Gastos
de operativa ordinaria, Grupo B”, que
Aytº no reintegró, y aún le debe, estando reclamado en el juzgado
de lo contencioso.
Es
pues evidente que desde en
la reunión de 2009, donde se pretendió no entregar el conjunto
completo, el contrato solo se mantuvo para seguir las obras,
renunciando el Aytº a que AN/RC pagara los costos que
excedieran de 19.500.000€, para que así no fuera necesario que
ésta aprobara.
En
la Comisión de seguimiento de 21 de marzo de 2011 (que llevaba más
de un año sin que el alcalde accediera a reunirla) el Acta aparenta
normalidad, pero la verdad es que fue de ruptura. El alcalde no
autorizó a que se levantara acta al término de la misma, pero AN/RC
leyó y entregó las notas para que se adjuntaran al acta, y quedó
clara la utilización de AN/RC al impedir pudiera comunicar a los
59.381 solicitantes de empleo que los museos no se harían, como
el concejal de Cultura admitió ante la Comisión de
investigación (Doc
43 y bis).
El
Aytº debía haber aceptado la resolución del contrato pedida
por AN/RC en 2009 al quererle reducir a solo 4.000m2; o en 2010
(como diría el Consejo Consultivo) siendo
claro que el Aytº había incumplido y que AN/RC sí se había
establecido en Málaga e iniciado la actividad, manteniéndola en
todo lo que permitía haber recibido solo el 7% del con junto
edificatorio hasta esa fecha, 2011.
Como
después se pudo comprobar por los documentos aquí adjuntos,
cuando finalmente y después de mucho esperar AN/RC pidió la
resolución del contrato por incumplimiento del Aytº y éste se lo
denegó, se orquesto un
plan contra
AN/RC para forzar lo que acontecerá a partir de esa fecha:
Para
AN/RC quedó claro que por el Alcalde no hubo nunca intención de
entregar los
edificios para los dos museos de Ciencias, exigiéndole que
abriera sólo una
planta para las Gemas. Y si no accedía, el Aytº, a la vez que
exigiría abrir el museo de Gemas, impediría abrirlo, para de este
modo, culpar a AN/RC “por no haber abierto”,
mientras apoyado por sus medios de comunicación afines se ocultaba
la verdad.
LOS
HECHOS, DOCUMENTADOS, FUERON LOS SIGUIENTES:
1.- A
la recepción de la petición de resolución, Urbanismo
respondió con una falaz carta para simular que los edificios estaban
disponibles y AN/RC,
para probar cómo estaban las obras, requirió
a un notario que
personado en los edificios sacó
fotos e hizo constar en Acta (Doc
38) que
éstos estaban rodeados de andamios, los huecos sin marcos ni
ventanales, sin puertas, etc.
En
abril de 2011 (las elecciones municipales eran n mayo) el Aytº solo
había entregado el 7,5% del conjunto edificatorio (oficinas y
residencia).
El
Aytº requirió a la constructora a firmar una “entrega” de
una planta 1ª para el museo de Gemas, aun cuando en el mismo no
había finalizado las obras, y sin citar el edificio de Ciencias, de
11.500 m2 (que son 2/3 del conjunto edificatorio) cuyas obras tenían
paradas. Ante la solicitud del Aytº, Ferrovial hizo constar
reiteradamente, en una inusual “Acta
de Ocupación y puesta en servicio” de
8 abril 2011 (Doc 44) que
se trataba de una situación “con
carácter de excepcionalidad”
que “se
realiza dado el interés del Aytº”…
“La
constructora hace constar el carácter de excepcionalidad que este
acto tiene” y
que “quiere
dejar constancia de que esta ocupación se ejecuta a título de pacto
extracontractual ante la Administración”,
añadiendo que “la
Administración se hace responsable de los daños” y
concluye que “la
Administración deja constancia pública de su agradecimiento por la
colaboración que hace posible esta ocupación”
etc. Todo
esto en apenas una cuartilla ¿Qué temía Ferrovial?..... que no
puede hacerse eso estando inacabado!
Además
se hace constar que en la
Inspección de Obra (preceptiva
en una “entrega”) no
se ha hecho la
obligada “Comprobación
y puesta en marcha de las Instalaciones”
(ascensores, seguridad, WC, que no funcionaban) lo que ya
inhabilitaría la supuesta legalidad de esa “Ocupación
y puesta en servicio”
La
constructora firmó al Aytº lo que éste le exigió, si bien cabe
preguntarse si “el
agradecimiento por la colaboración prestada”
que literalmente dice esa Acta, tuvo algo que ver con el documento de
días después, 13 de abril de 2011 (Doc 45),
en el que el arquitecto municipal, con el Vº Bº del arquitecto
jefe, certifica a la constructora que
las obras siguen en ejecución al haberse visto afectado su plazo por
la paralización temporal parcial adoptada con fecha 16 de enero de
2009”,(!!
dos años y tres meses!!)
librándola de responsabilidad por los retrasos, lo que deja en
evidencia sus buenas relaciones. AN/RC
denunció todo eso.
2.-La
manipulación del proyecto de obras.
Cuando hicieron dicha “Acta
de Ocupación” de
la Planta 1ª para el museo de Gemas, ésta estaba en obras,
sin poner aún las preceptivas
puertas, rejas y tornos de seguridad (extremo
que no estaba reflejado en esa acta). Pero en el Proyecto Básico de
2007 del arquitecto municipal (Doc
46 y bis) con
el que se adjudicó a Ferrovial el concurso y
el Proyecto
de Ejecución oficialmente aprobado Doc
47 y bis y
en todos los planos de 2008, se ven las preceptivas puertas
de seguridad, rejas, tornos y están
firmados por sus autores, tres arquitectos independientes (Doc
48 al 53 entre otros). Y
hasta ese mes abril de 2010 el arquitecto municipal las
sigue poniendo como dispone el B.O.E. (Doc
54) aunque
cambia la ubicación de los tornos. Y lógicamente se incluyen en el
presupuesto de Ferrovial (Doc
55).
Presumiblemente
con el ánimo de perjudicar la posición de AN/RC se retiro de la
obra las puertas, rejas tornos y que eran obligatorias de
acuerdo con el Proyecto Básico de 2007 y con el Proyecto de
Ejecución, además de que así se exige en el B.O.E. para un museo
de gemas, alterando el proyecto aprobado oficialmente. Y apareciendo
“nuevos” planos que sustituían a los originales, donde ya
no aparecían las puertas de seguridad, las rejas, y los tornos (Doc
56) a
la vez que la empresa adjudicataria eliminaba del presupuesto las
partida correspondiente a eso elementos (Doc
57). Operación
que era imprescindible para acabar con AN/RC como más adelante se
verá.
3.- El
siguiente paso consistió en que el
16‐09‐2011 (Doc. 58) la
Junta de Gobierno Local (formada solo con concejales del PP) tomó el
Acuerdo de hacer a AN/RC la "entrega
material y formal… para el fin al que se destina"
(el fin era guardar gemas) de esa planta sin puertas, rejas ni
tornos, “según” dicha
“Acta
de Ocupación” , Doc
44) exigiendo
abrir en la misma un museo de Gemas antes de 120 días contados desde
esa fecha. Y
lo hicieron, en contra de lo que reitera el contrato, porque:
a)Lo
que se ha de entregar,
en plazo y forma, es
el conjunto edificatorio (no
solo una parte menor del mismo) y así
lo exige el contrato: -
Pliego Condiciones Técnicas, Cap.
2.-I: (Doc
2) “La
prestación de estas actividades se desarrollará en el Centro
Cultural sito en la Avdª Sor Teresa Prat nº 15 de la ciudad de
Málaga, formado por el
conjunto edificatorio más
los jardines interiores al recinto que se detallan
en los planos Anejo I adjunto” Y
lo reitera
en cinco
párrafos más (Doc
2, Doc
3).
b)
El contrato exige que la entrega debe hacerse con las obras
acabadas "en
perfecto estado de uso museístico para éstas colecciones
y exposiciones" (Piedras
preciosas, esculturas de oro, etc) detalladas en el
contrato Doc.2 y Doc
3, 1ª Pág.) Lo
que obliga al Aytº a poner las puertas de seguridad, rejas
intermedias, tornos, etc,
como se exige en el B.O.E. R.D. 2364/1994 , Art 127, 136 y /A/
2011/3171, O.M.INT 316-317, Doc
54). ). Por
eso sí
figuraban las
puertas de seguridad, rejas, tornos en
el Proyecto Básico y en el Proyecto de Ejecución y en todos sus
planos desde 2007 al 2010, incluso
en los presupuestos de
Ferrovial y en otros escritos.
c)
Cuentan
los 120 días, NO desde
la entrega del
conjunto como
exige el contrato: Pliego C.T. Cap
6, Doc 2): “El
periodo expositivo se iniciará dentro de los 120 días siguientes
al de la recepción de
las obras de rehabilitación del
conjunto, en
perfecto estado de uso museístico para las exposiciones y
colecciones que en este pliego se detallan”. (No
en una fecha solo a su conveniencia, y con la obra inacabada)
añadiéndose en ese párrafo “Podrán iniciarse por áreas
(“podrán” no es “deberán”) que se previó para después de
la entrega del
conjunto (Porque
la exposición de esculturas puede montarse en una semana, pero la de
volcanes o seísmos necesita más de dos meses) pero el Aytº sacó
de contexto esa parte del párrafo, ocultando la primera, que
es obligatoria.
4.- Al
recibir dicha Notificación
de 16-9- 2011, Doc
58, y ver que no
había puertas, rejas y tornos de seguridad y
que en el
Aytº se negaba a entregar la Documentación (Certificado
de Fin de Obra, de Instalaciones, etc,
imprescindibles)
AN/RC requirió a un notario y a un perito judicial arquitecto
que entraron en los edificios y levantaron Acta
notarial y Dictamen pericial (Doc 59
y 60) con
fotos,
acreditando las irregularidades dichas en los apartados anteriores, y
se envió escrito al Aytº (Doc
61) denunciando
dichas anomalías y exigiendo la entrega de los documentos que en ese
escrito se relacionaban. El
Aytº no respondió.
5.‐El
Consejo Asesor de Art Natura Málaga.‐
Los miembros del Consejo Asesor de Art Natura Málaga, presidentes
de importantes instituciones malagueñas (Doc.
62) que
estaban en el mismo en su representación, altruistamente y por el
bien de Málaga, comprobaron
lo antes dicho y
se manifestaron en los diarios de Málaga(Doc 63
y bis). El
Consejo había enviado cartas al Alcalde denunciando la situación y
solicitando una justa solución, sin que obtuvieran respuesta (Doc.
64, Doc.
65) como
tampoco respondió el alcalde a otros escritos posteriores.
6.-Y
pasaron a la siguiente fase: El
Aytº, para adelantarse
a las sentencias de
las demandas interpuestas por AN/RC meses antes (sentencias a favor
de AN/RC que previsiblemente tardarían años en llegar) necesitaba
una medida ejecutiva. La Alcaldía lo encargó a 7
altos cargos municipales
(los jefes de Urbanismo, Abogacía, Cultura, etc) que reunidos
acordaron el plan que se les ordenó (Doc
66) por
e‐mail de
4-10-2011: ”Desde
Alcaldía se os comunica la ratificación de las medidas acordadas en
la reunión mantenida esta mañana, en relación con R.C .a saber:
1. Por
parte de GMU, se requerirá a RC para que
manifieste su consentimiento con
el proyecto
modificado y su presupuesto (conforme
al pliego, se supone que si lo acepta debe asumir el pago, y si
no se da por rescindido el contrato)
2. Por
parte de Cultura se le va a requerir para que ponga a disposición
del Aytº todos los fondos que componen las colecciones.
3. Todo
ello, previa comprobación en el Registro Mercantil o comunitario,
que se efectuará por el servicio de patrimonio, de la situación de
la AEI.
Lo
firma: Área
de Gobierno de Presidencia. Gabinete de Alcaldía
(Se
refieren a un “proyecto
modificado y presupuesto” que
AN/RC ni conocía (ni era el oficial, ni estaba aprobado (Doc
66 bis) pero
“se
supone que debe asumir el pago”.
Seguidamente
el Aytº envió escrito a AN/RC en el que dice que pueden ver
el “proyecto
aprobado a fin de que dé su consentimiento previo y
fehaciente al mismo” (Doc
67) sabiendo
el Aytº que AN/RC no podría aprobarlo al comprobar que
ese “proyecto
modificado”
era el que hacía desaparecer las puertas y rejas de seguridad y los
tornos, por
lo que respondió denegando su aprobación (Doc
68).
Con
esa maniobra acaso pretendían que se declarase el contrato
NULO,
basándose en que el Doc
2, Cap2) literalmente dice “será necesario que el Adjudicatario (AN/RC) dé
su consentimiento previo
y fehaciente al
Proyecto y al presupuesto añadiendo “de
no producirse tal consentimiento quedará este contrato sin
efecto alguno, sin
que proceda la exigencia de indemnización ni responsabilidad alguna
de las partes”.
Pero
el Aytº, otra vez, sacaba de contexto una parte de una frase
ignorando el resto del párrafo, que realmente dice “sin
que proceda la exigencia de indemnización ni responsabilidad alguna
de las partes, salvo
los gastos ocasionados al adjudicatario por
el cumplimiento de lo que se le exige”
que es lo que AN/RC reclama en el juzgado, mas lo que se le debe por
las facturas pagadas anticipadamente por AN/RC y que el Aytº debe
reintegrar (Doc
2)
,
La
decisión de impedir la apertura y culpar a AN/RC por “no
haber abierto” ya
estaba tomada en esa fecha 4-10-11,
tanto si AN/RC abría el museo, o si no llegaba a hacerlo.
7.-El
plan definitivo consistía ya en que, habiendo
denegando a AN/RC la rescisión del contrato, sería el Aytº quien
lo rescindiría unilateralmente, pero culpando a AN/RC:
Se imposibilitaría a AN/RC abrir los museos, y así se la
acusaría de no haberlos abierto; a la vez se le reclamaría la
“devolución” de
lo pagado por el Aytº por las facturas
pagadas anticipadamente por AN/RC como “Gastos
de operativa ordinaria Grupo B” (como
si se hubiera tratado de pagos hechos por Aytº a beneficio de
AN/RC y
no del reintegro
de pagos anticipados por ésta según el contrato).
Y sin detallar por qué reclaman esa cantidad.
Y
lo harían con un Acuerdo de la misma Junta de Gobierno Local
(formada solo por el PP) para que por la “presunción
de legalidad”
del Aytº fuera ejecutivo y se pudiera embargar los bienes de la
agrupación, e incluso a las empresas asociadas a ésta, antes
de que el juzgado sentenciara.
8.‐ El
Aytº ante el Juzgado:
AN/RC presentó otro Recurso (Doc
69) contra
ese Acuerdo de 16 Sep. 2011, pidiendo la suspensión
cautelar de
abrir antes de 120 días (el 18 de enero 2012) sin que el Aytº
resolviera previamente las irregularidades denunciadas: Falta de
puertas, rejas y tornos de seguridad y la no entrega de los
documentos, sin los cuales no podía obtenerse la Licencia
de Apertura.
Ese
Recurso de AN/RC recayó en el Juzgado C‐ A nº 3. Y desde el
consistorio indico a los funcionarios (Doc
70) que
se dijese al Juzgado que las obligadas puertas de seguridad, rejas,
tornos, “no
estaban en el proyecto aprobado”, faltando
a la verdad, pues los
firmantes de ese escrito son los mismos arquitectos municipales que
suscribieron los documentos, planos y la memoria en los que sí
figuran (Doc
46,bis y Doc.53 entre
otros).
Entre
ese juzgado C-A nº 3 y el Aytº se dio otra
extraña circunstancia:
El 28 de diciembre 2011 el Aytº (Doc
71) a
la vez que negaba
la entrega de las llaves a AN/RC
para la inspección del CNP, dijo por escrito que ese juzgado nº 3
C-A “ha
desestimado la suspensión cautelar". Sorprende
que el 28 de diciembre “El
Técnico Superior”
que firma como "El
representante de la Administración" conociera
un Auto que sería dictado por ese mismo juez 15
días después.
Y
efectivamente, el 12 de enero de 2012 (meses después de solicitarse
esa Cautelar) faltando
solo 3 días hábiles para
cumplirse el plazo de 120 días impuesto por el Aytº (era ya
imposible montar todo en solo 3 días) AN/RC recibió el auto de
dicho juzgado nº 3 C-A (Doc 71bis) denegando
la suspensión cautelar. (Este
punto es importantísimo, porque
si el juez hubiera dictado la suspensión cautelar, al menos
hasta comprobar si
existían o no las puertas y rejas legalmente exigidas, las
consecuencias, gravísimas, no hubieran sucedido, ni irreparables
daños, lo que la Ley trata de evitar precisamente con las medidas
cautelares).O si hubiera dictado un mes antes (no faltando solo tres
días hábiles).O
si el Aytº hubiera acatado la Prohibición
de apertura del
museo ordenada
por la Subdelegación del Gobierno,
precisamente por carencia de las puertas y rejas que el Aytº
había eliminado del Proyecto).
El
Aytº sabía que sin las puertas y rejas la Subdelegación de
Gobierno estaría obligada a prohibir la apertura de un museo para
gemas;
y sin la entrega de los documentos (certificados de fin de obra, de
instalaciones, etc) AN/RC no podría solicitar la Licencia de
Apertura, o
el propio Aytº se la denegaría si
la solicitaba. Y en efecto, la
Subdelegación de Gobierno prohibió la apertura por falta de esas
puertas y rejas de seguridad;
y el Aytº denegó la Licencia “por
falta de documentos técnicos”(los
que el Aytº no entregó). Y
la Policía Local cerró el museo “Por
carencia de autorización municipal”.
9.- Al
recibir el Auto del Juzgado C-A nº 3, AN/RC dirigió otro escrito a
Urbanismo para recoger las llaves de esa planta “entregada” y los
documentos legalmente exigibles para
una "entrega
material y formal... al fin al que se la
destina", imprescindibles
para la Licencia de Apertura e
inspección del
CNP,
advirtiendo al Aytº que se haría acompañado de un notario y un
perito judicial arquitecto.
Y
como recogen la Comparecencia del lunes 16-1-2012 redactada por el
Jefe de la Sección Jurídica de Urbanismo, más el Acta notarial y
el Dictamen pericial (Doc
72) no
entregaron ni uno solo de los documentos, afirmando Urbanismo en
dicho escrito que no los tenía "dada
la premura con que ha sido solicitado”,
algo falso, pues si el 16-09-2011 el Aytº había hecho la “entrega
formal y material” esos
documentos deberían haber existido en aquella ya lejana fecha.
Consecuentemente
AN/RC solicitó al Aytº la Licencia de Apertura (Doc
73) pero
haciendo constar en la misma que no podía adjuntar los preceptivos
documentos técnicos, que el
Aytº retenía,
o que no
existían en
aquellas fechas, puesto que los edificios aún estaban en obras.
10‐La
preceptiva inspección policial del CNP. Es
obligada para locales de guarda de oro y gemas antes de su ocupación
y AN/RC la había solicitado a la Subdelegación del Gobierno el
30‐09‐12 (Doc
74 y bis).Los
inspectores del CNP se personaron en esos edificios los días 1 y 28
de diciembre de 2011, pero el Aytº no permitió su entrada al no
facilitar las llaves, a pesar de habérselas pedido (Doc
72) por
lo que se hizo la inspección de las seis puertas exteriores que
comunican directamente las salas del museo de las gemas con la
calzada de servicio, parking y los jardines, levantando sendas Actas
los policías del CNP, e informando a la Subdelegación del
Gobierno que
las 6 puertas de acceso “no
son de seguridad …son
de aluminio, con cristal, bombín y bisagras ordinarios”. (Doc
75 y bis)
11.- AN/RC
abrió el museo de las gemas en la fecha exigida por el Aytº, el
18 de enero de 2012 a las 10h, como había anunciado a la prensa el
día anterior, y si bien solo tres vitrinas tenían gemas, ya estaban
colgados más
de 30 tapices hechos con hilos de plata, oro y gemas engastadas,
y lo comunicó al Aytº y al alcalde (Doc
76)
anunciando
que la entrada al museo sería gratis hasta
el día 30 de ese mes, con esa planta ya completada dentro
de los diez
días siguientes.
Solo minutos después de abrir el museo, un funcionario entregó a AN/RC la respuesta del Aytº(Doc 77) Escrito denegando la Licencia de Apertura porque: “No se aportan los Documentos Técnicos y Administrativos” (precisamente los que el Aytº retenía, o que aún no existían, como el Certificado de fin de obra, por no haberse acabado ésta) y se añade en ese escrito que lo que se tiene que presentar no es la solicitud de Licencia de Apertura, sino la Comunicación Previa, y da a AN/RC un plazo de DIEZ DÍAS para que la presente. AN/RC entregó ese mismo día esa Comunicación y la repitió por correo administrativo (Doc 78) reiterando en la misma que no podía entregar dichos documentos técnicos porque el mismo Aytº los retiene, o no existen. (Pero el Aytº ni respetó ese plazo de 10 días)
Solo minutos después de abrir el museo, un funcionario entregó a AN/RC la respuesta del Aytº(Doc 77) Escrito denegando la Licencia de Apertura porque: “No se aportan los Documentos Técnicos y Administrativos” (precisamente los que el Aytº retenía, o que aún no existían, como el Certificado de fin de obra, por no haberse acabado ésta) y se añade en ese escrito que lo que se tiene que presentar no es la solicitud de Licencia de Apertura, sino la Comunicación Previa, y da a AN/RC un plazo de DIEZ DÍAS para que la presente. AN/RC entregó ese mismo día esa Comunicación y la repitió por correo administrativo (Doc 78) reiterando en la misma que no podía entregar dichos documentos técnicos porque el mismo Aytº los retiene, o no existen. (Pero el Aytº ni respetó ese plazo de 10 días)
12.- La
Policía Municipal cerró el museo. Como
se ha dicho,
a las 10h de ese día 18 de enero 2012 el museo fue abierto y el
Aytº ordenó su cierre inmediato
por la Policía Local que se personó en el museo, pidieron la
Licencia de Apertura y se les mostraron los Doc 73,77 y 78; los
policías dudaron, pidieron instrucciones al Aytº y cerraron
el local a las 11,30h según consta en Acta de dicha policía "por
razones de seguridad pública y carencia de autorización
municipal" (Doc
79) al
no tener Licencia de Apertura, que, aunque había sido solicitada
(Doc 73 y 78) fue
denegada por no presentar los documentos técnicos (Doc
77) precisamente los
que el Aytº se negó a entregar, en contra de sus propias
Ordenanzas.
Y a
esa misma hora se
recibió otro escrito del Aytº (Doc80) Se
ha presentado Acta de la Policía Local (denuncia) de fecha 18 de
enero de 2012 en la que consta que no cuenta con la Comunicación
previa” (que
ya se había cumplimentado, Doc
78) y
vuelve a dar a AN/RC el preceptivo plazo de DIEZ DÍAS para
subsanarlo, plazo
que tampoco respetó el Aytº.
Es
escandaloso comprobar que
la denuncia citada en ese escrito se refiere al acta de la Policía
Local que se estaba levantando en Tabacalera a esa misma hora (Doc
79) ¿Cómo
podía estar la Policía Local haciendo esa acta para el cierre del
museo, y a la misma hora (11,30h) ya estar entregada el acta en el
Aytº, y hacerse el escrito que firma la Tte. de Alcalde, y
entregarse éste a AN/RC en Tabacalera?
La
Policía Local no permitió a los periodistas entrar a las salas
donde ya había colgados más de 30 tapices con gemas y se estaban
montando vitrinas “por
estar abiertas y por seguridad”.
A la par, se iniciaba una campaña en prensa de desprestigio
hacia AN/RC y sus dirigentes a fin de desacreditar
anticipadamente loque estos pudieran argumentar(Doc
81)
13.-
Ese
mismo día, 18
de enero de 2012, a las 12h, se
recibió la
Orden de la Subdelegación del Gobierno (Doc
82) PROHIBIENDO
la apertura por
falta de las puertas de seguridad, rejas, etc,
según el Acta del CNP (Doc
75). AN/RC
envió esa mañana copia de esta orden al
Alcalde, a Caneda y a Urbanismo, respondiendo sólo éste último,
ese mismo día, que “de
acuerdo con las instrucciones recibidas se informa de que no
existe constancia
formal de
informe emitido por autoridad competente…” al
no considerar suficiente la fotocopia del Doc82
bis.AN/RC AN/RC
obedeció esa Orden y
mandó retirar las gemas y tapices ya colocados (algunos de ellos aún
los vio la Policía Local al siguiente día 19). Pero
el Aytº desobedeció la orden de la Subdelegación del
Gobierno exigiendo
abrir, para así poder culpar a AN/RC “por
no haber abierto”.
14.‐ Desde
el Ayto envió otra patrulla de la Policía Local justo
al siguiente día, 19
de enero a
las 10h, con una jefa y una abogada del Aytº, para que emitieran
informe que dice "que
no se ejerce actividad museística ... y sí solo labores de
mantenimiento" aunque
sí dice que “hay
numerosa vitrinas,
la mayoría embaladas” (no
todas, porque dos de ellas aún contenían), que hay operarios y que
“están
colgados diez tapices”(de
hilos de oro con cientos de gemas engarzadas) y
una puerta de marfil (Doc
83). Y
no dice que
estaba cerrado por
orden de
la Subdelegación del Gobierno cuyo escrito se le mostró y no quiso
recoger.
Ante
eso, AN/RC pidió a un notario que, personado
ese mismo día en
los edificios, sacó fotos en las
que aún se ven los tapices con gemas y dos vitrinas montadas,
etc (Doc
84).
15.- Y
ese mismo día 19 de enero,
basándose en ese informe de la Policía Local hecho
a la misma hora, el
Tte de Alcalde Damián Caneda (que conocía lo aquí denunciado y
había participado) firmó la propuesta de resolución unilateral del
contrato, en la que se refiere a otros 34 documentos, con 524 folios
de igual o superior extensión, de los que copió párrafos, la
redactó, firmó y cursó ese
mismo día 19
de enero (presumiblemente preparada tiempo atrás) con aviso de
desalojo para que fuera aprobada por la Junta de Gobierno Local del
PP justo
al siguiente día 20 de enero.
Y así lo hicieron.
Ni
respetaron el plazo de DIEZ días dado por el propio Aytº por ser
preceptivos,
que vencía 9 días después (Doc
77, 80) con
indefensión de AN/RC, pues
en esos 9 días restantes hubiera podido seguir llenando vitrinas con
gemas y esculturas hasta
que fuera cerrada por inspectores del CNP a las órdenes de la
Subdelegación del Gobierno, por
falta de las puertas de seguridad (Doc
82) suprimidas
por el Aytº, lo
que cambiaría los hechos y la base legal.
16.- El
20 de enero de 2012, la consumación.
Finalmente y para concluir con sus maniobras previamente
orquestadas (Doc
44 y Doc.
66) la
Junta de Gobierno Local (formada solo por el PP) tomó el
Acuerdo (Doc
85)
de
resolución del contrato "por
no haber abierto el museo... y
considerar que
no lo hará ni a corto ni a medio plazo" (“consideran” que
no se abrirá porque son ellos mismos los que lo impiden) y exigen a
AN/RC más de siete millones de euros, no pagar a AN/RC los 1.830.000
€ que el Aytº le adeudaba y aún adeuda (porque son por facturas
que AN/RC anticipó su pago) y además quedarse el Aytº con el
equipamiento pagado por AN/RC con sus propios fondos.
En
ese Acuerdo no
se da ninguna razón legal, ni
se cita la prohibición de apertura ordenada por la Subdelegación
del Gobierno, ni
el Acta de su propia Policía Local,
ni que se estaba dentro del plazo de Diez
Días para subsanar o ejercer
otra acción legal;
solo “por
no haber abierto y considerar que no abrirá” y
por “interés
público”. Todo
un ejemplo de inseguridad
jurídica. AN/RC escribió al Aytº que deseaba “mantener
abierto hasta que haya sentencia”,
pero el Aytº se negó,
para así poder acusarla de no haber abierto.
AN/RC
había enviado el día 11 anterior cartas personalizadas a todos los
miembros de esa Junta de Gobierno Local, advirtiendo fehacientemente
de sus responsabilidades (Doc
86) sin
que ninguno de ellos respondiera, si bien, para eludir
responsabilidades y no dar la cara, hicieron constar que “delegaban”
en la Asesoría Jurídica. ¿la responsabilidad delegable?.
Y
el Alcalde de la Torre y el concejal Caneda se jactaron “sabíamos
que no podrían abrir porque no tenían los documentos” (así
lo publicó la prensa, Doc 87
y bis). Finalmente
considérese lo que el Alcalde dijo en el Pleno Municipal de esas
fechas, enero de 2012, "Que
si AN/RC no abre antes del 19 de enero de 2012, los edificios podrán
ser reutilizados al 99 % o al 100 %". Queda
claro que ese Acuerdo lo habían tomado meses atrás. Que sabían que
AN/RC había abierto el museo el día 18, habiéndolo cerrado la
policía local dependiente del Aytº “por
falta de licencia y documentos”
como dice su Acta de cierre. Y sabían que la Subdelegación del
Gobierno prohibió la apertura por falta de las puertas y rejas,
orden que AN/RC y el propio Aytº estaban obligados a acatar. Y
sabían que no había vencido el plazo de DIEZ DÍAS que legalmente
se obliga para subsanar deficiencias. Y sabían que ni siquiera
habían intentado abrir los dos museos de Ciencias, 11.500 m2, porque
el Aytº no quería entregar los edificios. (en marzo de 2012 el
propio Gerente de Urbanismo certifica que ese edificio seguía en
obras e inacabado y no entregado por la constructora)
Y
sabían que a
AN/RC solo
se le podría imponer una sanción menor (la
prevista en el Pliego Doc
3, Cap 13) por
no haber completado ese
día 18 la
colocación de
las gemas, que sí hubiera podido hacer dentro de los preceptivos
DIEZ DÍAS siguientes y no vencidos. Plazo que el Aytº no
respetó.(ya
que con ello hubiera cambiado la situación legal).
Porque
AN/RC había pedido la rescisión del contrato13 meses antes y
lo reiteró ante el juzgado, pero
sin dejar de cumplir sus obligaciones y el pago anticipado de
los Gastos de
Operativa Ordinaria.
Y el
Aytº, consciente de sus incumplimientos, denegó la rescisión
pedida para ser después el Aytº quien rescindiera el contrato
culpando a AN/RC, con
uso de la “presunción de legalidad” y la “ejecutividad” de
sus acuerdos, unida a la prevista lentitud de la Justicia.
Naturalmente,
el Alcalde de la Torre y el Concejal Caneda sabían de antemano que,
al final, el museo no se podría abrir, porque, para
asegurar este final, nunca
entregaron el conjunto edificatorio;
se alteró el proyecto de ejecución con planos y otros documentos;
se forzó a la empresa encargada de las obras para la “Ocupación” de
un edificio no acabado; no se entregó ni uno de los documentos
legalmente exigibles (para así denegar la Licencia de Apertura) y se
desobedeció la Prohibición de apertura dictada por la Subdelegación
del Gobierno, ordenada precisamente por carencia de las puertas y
rejas de seguridad eliminadas del Proyecto por el propio Aytº, la
actuación de la Policía municipal, etc. como aquí se documenta.
(¿Influyó
que AN/RC
denunciara los sobrecostos en
las obras, y que el
alcalde hiciera constar en Acta de la Comisión de seguimiento de
6-2-2009 que los sobrecostos “se
debían aprobar … para que lo pagara el Ayuntamiento” (con
lo que AN/RC no pagaría los costos de las obras que excedieran de
19.500.000€, y
ésta ya no tenía que aprobar los presupuestos, ni derecho a
denunciarlos?)
17.- El
30 de enero de 2012 AN/RC presentó ALEGACIONES (Doc
88) con
documentos que en este informe se citan, acreditó
que el Aytº no había entregado los edificios en los que instalar
los tres museos cuya apertura se le exigía; que
quien incumple no puede exigir a la otra parte un cumplimiento
imposible;
que las pérdidas de ingresos por entradas de 4 años (2008 a 2011)
hacían incumplible el contrato, y
ofreció por escrito acabar de montar las exposiciones dentro
de los DIEZ DÍAS preceptivos dados por el propio Aytº (Doc
77 y Doc.80) y
seguir abiertos hasta que hubiera sentencias a
las demandas ya presentadas. El
Aytº no respondió y siguió ordenando el cierre, para poder seguir
acusando a AN/RC “Por
no haber abierto”.
18.- El
Consejo Consultivo de la Junta de Andalucía.
El Aytº, sabedor de cuál era su actuación, precisaba del apoyo del
Consejo Consultivo a su Acuerdo de 20‐1‐2012 para su resolución
unilateral, por lo que el
Aytº ignoró el escrito de Alegaciones presentado
por AN/RC con 111 Documentos en 426 páginas; ocultó
que AN/RC pedía seguir abierto
hasta que hubiera sentencia y, siguiendo su plan, remitió a
dicho Consejo Consultivo el expediente incompleto y sus propios
escritos (como antes hizo con el Juzgado nº 3 C-A descrito en el
punto 8). El resultado fue un Dictamen ‐no vinculante‐ (Doc
89) que
se basa en frases
que son falsas que
usará el Aytº para resolver el contrato, entre otras:
a).-Cuando
dice de los Anexos
al contrato Doc
4, Doc
5, Doc
6 sobre
la apertura en 2008) que "dichos
anexos no
tienen naturaleza
contractual, por lo que carecen de fuerza vinculante para las
partes", cuando en
realidad el contrato (Doc
1) dice
textualmente "los
cuales se consideran Documentos contractuales"
y lo repite al final. Porque
solo con que se hubiera basado en que el contrato expresamente dice
que son “documentos
contractuales”
y en que el contrato añade que "se
estará a lo dispuesto en los mismos para
lo no previsto en el contrato", el
Dictamen hubiera sido diferente e inequívoco.
b).- Cuando
dice que las obras "no
se terminaron en
su totalidad hasta
el 16 de septiembre de 2011, casi
cinco años después", cuando
la verdad es que hasta ese día solo se había entregado el 7
% del conjunto edificatorio,
y lo que se "entregó" a partir de esa fecha fue solo
menos de
1/3 del conjunto, e inacabado.
Y nunca
se entregaron los 11.500 m2 para los dos museos de Ciencias, las
tiendas, cafeterías, etc.
(así lo firmó el Gerente de Urbanismo Doc
91). Y
aún así ¿Los “casi
cinco años”
de retraso, que el Consejo admite, no era suficiente para pedir la
rescisión?
c).- Cuando
cita solo la segunda parte del párrafo, ignorando su primera parte
que concreta que los
120 días se contarán "a
partir de la entrega del
conjunto" (todo,
no solo una parte, y para después de
la entrega del
conjunto).
Y oculta que debía ser “En
perfecto estado de uso para
éstas exposiciones” (no
inacabado) y exigen que “podrán”
es lo mismo que “deberán”.
d).-
Cuando ni
siquiera cita los dos museos de Ciencias, ni restaurante, tiendas,
cafeterías,
parking, etc, que son más de 2/3 del conjunto (¡¡ que es en lo que
se basa el contrato y su financiación !!) y sí cita solo "el
museo de gemas" (que como tal ni figura en el contrato).
Porque lo
que se contrató fue el Centro
Cultural,
como un conjunto, en
lo museístico y en lo económico.
e).-Y
SÍ DICE el Dictamen lo que El AYTº OCULTÓ, “que
la actitud y la
actuación de la Administración en
el presente caso no
puede calificarse de ejemplar…....
La actuación de la Administración ha de tener consecuencias……
por las circunstancias concurrentes y destacadamente por
la conducta de la Administración, no
procede que el contratista abone indemnización de daños y
perjuicios al Aytº…….. éste (el
Aytº) ha
dilatado en exceso la ejecución de la obra, por lo que ha
contribuido al fracaso del contrato ….más
otras frases culpando al Aytº, pero éste las ocultó.
f).-
El Dictamen NO DICE que
se deba reclamar a AN/RC lo que el Aytº le reintegró por las
facturas cuyo
pago adelantó AN/RC,
sino que, al contrario, el
Dictamen precisa:
“Sí
hemos de señalar que solicitada la resolución del contrato por el
contratista, con anterioridad a la resolución que ahora nos
ocupa, el
Aytº debería haber tramitado el expediente en su integridad”
(aceptando la resolución del contrato, o cumpliéndolo) cuando AN/RC
se vio obligada a solicitarlo, en diciembre de 2010, porque así lo
prevé la norma para los retrasos.
g)
.- Da pena comprobar que
este dictamen NO
CITA nada de lo sucedido el día 18 de enero de 2012 (la
apertura y cierre del museo, el Acta de la Policía Local, ni la del
CNP, ni la Orden de la Subdelegación del Gobierno, etc) saltando del
día 12 al día 19, que sí detalla.
19.- El Consejo
Asesor de Art Natura Málaga, Doc
62, Doc
63, Doc
64, Doc
65)
se reunió el 8 de febrero de 2012 y acordó
dirigir al alcalde el escrito Doc
90) )(el
17 de enero el consejo ya se había reunido para conocer
personalmente la situación y además de reconocer las razones de
AN/RC, abogaban por una solución y se ofrecieron para hablar con el
alcalde, pero no fueron recibidos).
Los firmantes de esas cartas reconocen sus firmas.
(Ver también el Acta Doc
105 y 106).
En
febrero de 2012 AN/RC intentó acceder al edificio E3, de 11.500 m2
(2/3 del conjunto edificatorio) destinado a los museos de Ciencias
con sus aulas y talleres, las tiendas, cafeterías, para
valorar la posibilidad de su hipotética utilización (en
el supuesto de que el alcalde respondiera afirmativamente a la carta
que días antes se le había enviado) respondiendo el Gerente de
Urbanismo el 15 de marzo 2012 que “al
tratarse de un inmueble en obras, no entregado aún” ….. “no se
autoriza la visita” (Doc
91) quedando
clara la actuación municipal.
A
pesar de esas negativas AN/RC dirigió a la atención del alcalde
otro escrito Doc
92) el
2 de abril 2012,
en el que compromete “hasta
que haya sentencia sobre los recursos presentados AMBAS PARTES (Aytº
y AN/RC) TENEMOS
LA OBLIGACIÓN DE CUMPLIR TODO LO QUE ESTIPULA EL CONTRATO”,
y vuelve a pedir que se le entregue el conjunto edificatorio y
que “se
subsanen las deficiencias denunciadas por actas del CNP y la
Subdelegación del Gobierno” y
reitera que “Esta
parte quiere realizar todas las actividades contratadas hasta que se
dicte sentencia” y
concluye que “Todo
lo cual reiteramos a los efectos legales oportunos”. No
hubo respuesta; el alcalde había decidido meses atrás.
¿Pero cuál era la razón verdadera para mantener esa actitud?
Días
después AN/RC, que
no había dejado de cumplir con sus obligaciones,
presentó el 4 de abril su propuesta para la Noche
en Blanco de
2012, como
cada año (Doc
93 y bis) dentro
del Lema fijado por Cultura para ese año: “Noche
llena de sonrisa”.
AN/RC lo diseñó con Mortadelo y el Caco Bonifacio en un
comic en murales “La
seguridad en el museo sin puertas de seguridad”,
pero cuando lo estaba montando la Policía Local obligó a
desmontarlo “por falta de autorización municipal”.
20.-
El día 20 de abril de 2012 AN/RC recibió el escrito de resolución
firme del contrato (Doc
94) acordada
esa misma mañana,
en la que se
desestiman las alegaciones de AN/RC (en
las que figura en primer término la petición de “mantener
abierto el museo hasta que haya sentencia”) con
falsos argumentos:
El acepto de 21-9-2007 que modificaron después de su firma; la
“disponibilidad de edificio en diciembre de 2010; no considerar
“Órgano
Competente”
a la Subdelegación del Gobierno ni al CNP; no estar obligado el Aytº
a entregar los preceptivos documentos de fin de obras, que él mismo
exige para dar Licencia de Apertura; atribuir a AN/RC la culpa de los
retrasos en las obras (sin mencionar los retrasos por su cimentación
o el derribo interior del edificio central); o atribuirle la
intención de no abrir “y considerar
que no lo hará”.
Y se apoya en el dictamen del Consejo Consultivo y el auto del
Juzgado nº 3 C-A,
ambos obtenidos como se ha dicho.
E ignorando que no entregaron los edificios en 2008, ni en 2009, ni
en 2010, y que en 2011 entregaron solo una planta inacabada. Y
exige la entrega al Aytº de los equipamientos pagados por AN/RC.
21.- AN/RC
respondió con su escrito (Doc
95) aceptando
su entrega en
depósito hasta que hubiera sentencia y
que en el acta de entrega de esos equipamientos y de los edificios se
hiciera constar el estado real de cada uno de ellos, puesto que el
contrato Doc
2, Cap.11, obliga
a que se forme una “Comisión
Técnica de recepción y entrega”,
en la que estarán un representante de la Intervención General y la
Jefa de la Secc. Económica de Cultura (que es la secretaría de la
Comisión de seguimiento, redactora de sus actas) más otro de la
Secretaría General, a los que se dirigió AN/RC, eludiendo responder
a lo solicitado los dos primeros y respondiendo la
Secretaría General que no
fue requerida para formar parte de dicha comisión, ni designación
de representante en la misma, (Doc
96 y bis, 97
y bis). (Y
no se constituyó)
El
Aytº se negó a formar esa Comisión aunque lo obliga el contrato. Y
bajo continua vigilancia de la Policía Local el 18‐05-2012 el
Aytº se quedó con todo el equipamiento pagado por AN/RC,
mobiliario, archivadores, ordenadores, etc, sin que ningún
funcionario aceptara firmar un documento de entrega y recepción,
vulnerando una vez más el contrato y con indefensión de AN/RC.
Ante
la negativa del Aytº a formar la obligada Comisión técnica, AN/RC
levantó Acta notarial, con fotos de lo que el Aytº retenía (Doc
98) puesto
que era de gran importancia, ya que no
solo se trataba de los bienes propiedad
de AN/RC, sino que a la vez contenía
pruebas de todo lo realizado por AN/RC,
porque en los
archivadores y ordenadores se contenía todo ello,
pudiendo afectar a la privacidad, a la confidencialidad, a la defensa
de AN/RC y a su futuro, por lo que se dirigió burofax al alcalde por
sus posibles responsabilidades en la custodia y conservación de todo
lo retenido por el Aytº (Doc
99) sin
obtener respuesta.
22.-En
junio de 2014 se tuvo conocimiento de que los documentos cuya entrega
es obligatoria junto a la “entrega” de un edificio, que AN/RC
solicitó fehacientemente en 2011 y se le negaron, se
habían creado y emitido con posterioridad (lo
que acreditaba su inexistencia en aquellas fechas) y
por ser necesario para el legítimo derecho a su defensa, AN/RC los
solicitó al alcalde por
burofax (Doc
100) pero
tampoco hubo respuesta.
Asimismo
se dirigió al secretario de la Junta de Gobierno Local y a la que
fuera Tte de Alcalde y firmante de los Doc 77 y 80 que dan los
preceptivos DIEZ DÍAS para subsanación de cualquier trámite o
cumplimiento, en los que queda patente que el Aytº no respeta ese
plazo en
el que AN/RC hubiera podido completar la colocación de las
escultura, tapices y gemas que
cupieran en esa planta, lo
que el Aytº impidió. (Doc
101, Doc.
102). No
hubo respuesta.
23.‐Lo
que el Aytº debe a AN/RC: El
Aytº no ha pagado a AN/RC ni un euro para su libre disposición o
beneficio,
pero propagan que “se
les dio el dinero y lo han de devolver”
(incluso lo pagado en sus campañas) y se ordenó no pagar nada
a AN/RC.
Como
se ha documentado, el contrato obligaba a AN/RC a anticipar
el pago de
conceptos detallados en el Plan
de Explotación como “Gastos
de Operativa Ordinaria, Grupo B”(no
cualesquier gastos) yasí se pagó desde 2007, para
que después el Aytº le reintegrara esos importes.
Por esa obligación contractual, AN/RC anticipó el pago 7.502.000 €,
de los que se le han reembolsado 5.675.000 €, por lo que el Aytº
aún le adeuda 1.827.000€.
AN/RC
presentó al Aytº estas últimas liquidaciones trimestrales
exactamente igual que lo venía haciendo desde enero de 2007,
pero le fueron devueltas por el Interventor “al
no cumplir con
todos los
requisitos”
según su escrito. AN/RC respondió pidiendo que se le concretase
ese “con
todos” a
los efectos de corregir lo que en su caso procediera, pero el
interventor no respondió (Doc 103
y bis) salvo
decir que se escribiera a través de alcalde.
Además
de estos pagos, AN/RC hizo otros (los de Operativa
Ordinaria, Grupos A
y C, que
fueron a cargo de AN/RC) para equipar los futuros museos, por lo que
la Auditoría al cierre de 2010 arrojaba pérdidas por 1.261.000 €.
Más las pérdidas posteriores a esa fecha, más los daños y
perjuicios y lucro cesante, valorados en un Dictamen pericial de la
Universidad en 9.492.000 € (Doc en juzgado
Contencioso-Administrativo nº 1) Pero
como AN/RC no ha actuado por dinero, mantuvo su oferta hecha al
Aytº en 1-9-2011 (Doc
104) dde
reconsiderar esto último si se le devolvía lo que AN/RC había
anticipado, que aún se le debe. No
hubo respuesta.
AN/RC
no ha obtenido ni un euro, ni sus sociedades, ni sus socios y
consejeros,
pues éstos trabajaban sin
sueldo, solo a % sobre beneficios,
no producidos al no haber abierto los museos. Además
todos ellos cerraron ese contrato con pérdidas, como la Auditoría
demostró.
24.- Como
resume el Acta
de disolución del Consejo Asesor de AN/RC firmada por
presidentes de las instituciones malagueñas (Doc105 y 106) más Doc
10, 11, 12, 13, 18, 22, 93 y
otros muchos, AN/RC cumplió todas sus obligaciones, desde la
aprobación de los Pliegos de Condiciones, julio del 2006, hasta que
en mayo de 2012 el Aytº desalojó a AN/RC.
Por
ello, desde 2007, AN/RC asistió a todas las ferias internacionales
de Turismo y Cultura junto al Aytº: En ITB Berlín, WTM Londres,
FITUR Madrid, Málaga, además de promociones puntuales en Beijing,
Shanghái, New York, Washington, Emiratos Árabes Unidos y un largo
etc, firmó convenios con tour operadores, más con las
universidades, etc.
También
realizó muestras o pequeñas exposiciones (lo que cabía en los solo
120 m 2 que el Aytº. entregó para ese fin) en cada año 2007 al
2011 inclusive. Incluso para la noche de museos “Noche en Blanco”
de abril de 2012 AN/RC ofreció una exposición satírica que el Aytº
no autorizó (Doc
93)
por
llevar como tema “La
seguridad en los museos sin puertas” en
viñetas con personajes como El caco Bonifacio, Mortadelo y Filemón
y otros.
Además
AN/RC editó diversas publicaciones, audiovisuales, museografía,
etc. Y creó todos los proyectos, los textos técnicos e imágenes
para las Áreas de Ciencias (Meteoritos, Volcanes, Terremotos y
tsunamis, Jardín con mariposas y colibríes, Dinosaurios, Talleres,
Aulas, La Mina (comprada a Minas de Santa Bárbara y a otras) que
el Aytº se quedó (Doc 98)
A
la fecha de este informe, julio de 2016, AN/RC
sigue sus demandas contra el Aytº en el Juzgado
Contencioso-Administrativo nº 1 de Málaga (la
1ª demanda fue interpuesta en mayo de 2011) aunque pasados
más de cinco años sigue pendiente.
Y como se jactaron el Alcalde de la Torre y el Concejal Caneda “ellos
que vayan por lo contencioso, nosotros iremos por lo ejecutivo”,
en referencia a la lentitud de la Justicia frente a los métodos
usados por ellos.
25.-Lo
que el Aytº reclama a AN/RC:
El Aytº tomó el Acuerdo (solo con asistencia del PP) y por
Providencia de Apremio de 3‐9‐2012 reclamó a AN/RC (Doc
107) lla
cantidad de 7.016.944,97€ “En
concepto de Reintegro de la aportación municipal, más los
intereses” (como
si se hubiera tratado de pagos hechos para AN/RC y no de
haberle reintegrado
lo que ésta había anticipado obligada
por el contrato) y
lo hace contra
sus propios actos, pues
antes de cada pago “Previa
justificación documental”,
Cultura y el Interventor comprobaron cada uno de esos pagos, y por
ello el Aytº emitió los documentos 11,18, 22, más 40, certificando
que pagaron por “haber
sido realizada la prestación objeto del expediente a entera
satisfacción de la Corporación”. ¿Con
qué derecho lo reclaman?
Y
sin que AN/RC haya tenido otra notificación, el 5‐8‐2014 el Aytº
reclamó 7.016.944,97€ todas y cada una de las
sociedades que formaron la agrupación AN/RC, que
nunca recibieron ni un euro,“ en
concepto de Reintegro de la aportación municipal, más intereses” y
añadiendo “Comprobada
la insolvencia total del deudor (AN/RC), ha
sido declarado fallido por Resolución de 21‐7‐2014”.
(AN/RC no ha tenido conocimiento de esa declaración, pidió copia al
Aytº y se le denegó) y en su último envío sube ya
a 9.571.567,06€(Doc 108). A
la vez el Aytº publicó en la prensa e Internet el
embargo ya
inscrito,
siendo ya irreparable el daño y descrédito de AN/RC y las
sociedades (Doc
109).
Para
poder calificar semejante abuso baste recordar que:
Frente a los 5.675.000€ que el Aytº reintegró a
AN/RC , parte de los 7.502.000€ cuyo
pago ésta anticipó, obligada
por el contrato por
ser “Gastos
de operativa ordinaria Grupo B”, estaban el
IVA e I.S. (1.199.754€)
pagado a Hacienda; las
nóminas de 6
años de
los empleados malagueños (1.096.516€); los seguros
(242.061€); pagos a técnicos
externos (universidades,
científicos, fotógrafos, redactores, creativos, etc, 627.669€); los
proyectos y equipamientos para
museos de
Ciencias que el Aytº se quedó (991.744€); la
publicidad, promoción los
gastos de viajes a las ferias (507.554€); los muebles,
ordenadores, audiovisuales,
etc, (210.742€) que
se ha quedado el Aytº; e
incluso los
300.000€ a pagos directos al propio Aytº; lo
pagado a campañas, 240.000
€; más regalos a jefes (incluso gemas) (Doc
9 y
Doc 111 al Doc 120).
Nada
se pagó para AN/RC.
En cuanto al objeto de esos gastos museísticos el
80% se dedicó a la creación de los dos museos de Ciencias (solo
el 20% al de Gemas y Artes, porque que ya se tenía).
26.-Y
aún han ido más lejos:
Para la devolución del IVA de las facturas al Aytº, la AEAT pedía
un certificado que el Aytº entregaba, se cursaba y la AEAT devolvía
a AN/RC el IVA soportado, como a cualquier empresa, y así lo hizo
desde 2007. Pero el del año 2010 el Aytº no entregó
certificado (Doc 110) por
lo que la AEAT no ha devuelto los
240.000€ del IVA soportado.
A
la vez la AEAT ha exigido a las sociedades de AN/RC el pago
correspondiente a los 1.827.000 € facturados, aunque el Aytº sigue
sin pagar (por unos beneficios
no obtenidos y un IVA no percibido)
y a las sociedades que no han podido pagar la AEAT las ha embargado,
incluso ha derivado la deuda a sus administradores, a los que a su
vez se les ha embargado.
27.-El
propio Aytº había reconocido que
solo lo abonaba previa
justificación documental”
y siempre después
de que AN/RC hubiera anticipado los pagos de
los “Gastos
de Operativa Ordinaria, Grupo B”, Doc
2, 3, 4, 5, 6 y 7 (no
cualquier gasto). Y el Aytº en su Informe para denegar a AN/RC la
resolución del contrato y el “derecho
a ser indemnizada de acuerdo con la Ley”, previsto
en el Doc
3, lo
argumentó (Doc
40) diciendo
que “lo que se le ha pagado ha sido “…por
la necesidad de mantener inmovilizadas sus colecciones…”(las
colecciones se mantenían inmovilizadas por la
exclusiva dada al Aytº,
no pudiendo rentabilizarse por no tener los edificios en que
exponerlas) “que se le ha pagado por ese concepto “…previsto
en su Plan de Explotación… así mismo se le han abonado los gastos
de personal, proyectos y actividades de promoción y publicidad con
cargo a la aportación municipal anual para el establecimiento e
inicio de las actividades objeto del contrato.” por
lo que “…
no ha sufrido perjuicio económico” suscribiendo
este informe la
jefa económica de Cultura que condicionó por orden del Aytº
el Plan
de Explotación finalmente
presentado y aprobado (Doc
4 bis)
AN/RC
ha pagado todo lo dicho con sus propios fondos y créditos (Doc
4bis) siempre
previo Vº Bº del Aytº y “previa
justificación documental” revisada
por el Interventor de
acuerdo con el contrato …Y ahora ese Aytº exige y embarga.
AN/RC
y las personas que la forman han perdido cinco años de sus vidas
profesionales (incluso de familia) y lo que es más grave, se
les sigue injuriando (están
en Internet). Desde el Aytº y algún medio de comunicación afín se
ha tratado de perjudicar su imagen, actividades y empleos mintiendo
sobre “una
trama de enriquecimiento”
cuando en realidad todos cerraron con pérdidas.
Los
autores de la trama han demostrado “quien manda” (ejemplo
para quien ose enfrentarse) porque las leyes españolas dan
“presunción
de legalidad”
a los acuerdos de un Aytº y son “legales” hasta
que un juez diga lo contrario… pero la Justicia tarda años, porque
esos políticos le niegan los medios….Transcurridos ya más de
cinco años el contencioso sigue parado en los juzgados, mientras la
actuación de ese Aytº y sus políticos ha llevado al cierre de
cinco empresas, con despido de su personal y daños materiales,
morales y familiares irreparables.
28.-Desde
el Aytº se difunde (y
la prensa malagueña lo repite) que no
había fecha de entrega del
conjunto edificatorio (¿Alguien puede creer que se firme un contrato
así, sin poner la fecha de la que dependen los ingresos?). Que los
documentos que citan fechas no son contractuales (cuando
el contrato dice
literalmente que
sí lo son). Que los retrasos en las obras se debieron peticiones de
AN/RC, pero no
muestran esas supuestas peticiones (que
en realidad eran
reclamaciones reiteradas,
y que la Alcaldía ordenó por escrito que no se tuvieran en cuenta.
Y que AN/RC se negó a abrir.
Pero
ocultan que
retrasaron más de un año la contratación de las obras. Que
acordaron un pilotaje por más de 5.000.000€. Que en 2010 acordaron
derribar por completo en interior del edificio central, de 3.000 m2 y
única entrada a los museos, ambos con sobrecostos millonarios dado a
Ferrovial sin concurso (que ocasionó un retraso de más de dos años
según el Doc
45 emitido
por Urbanismo).
Y
ocultan: Que
el Aytº nunca
entregó los edificios en los que instalar los museos (¿Cómo
se puede exigir que AN/RC abra sin edificios?). Que AN/RC pidió la
rescisión del contrato porque pasaban ya tres
años.
Y que aún así, abrió obligada la sala para gemas (única
entregada, siendo ya el retraso de cuatro
años).
Y que le fue cerrada por el propio Aytº. Que,
además, la Subdelegación del Gobierno prohibió la apertura, porque
el Aytº había eliminado las puertas de seguridad.
Y que AN/RC insistió en tres escritos que se le permitiera
mantenerla abierta hasta que hubiera sentencia judicial, lo que el
Aytº denegó, porque lo que quería era la rescisión, pero culpando
a AN/RC.
Málaga
ha perdido la contratada disposición de tres
museos:
De Gemas y Artes, de Ciencias de la Vida, y de Ciencias de la Tierra,
en los 18.879
m2 del conjunto edificatorio en
Tabacalera. El Aytº ha gastado no solo los 14,5 millones de euros
por los que se adjudicó el concurso de obras para la parte AN/RC,
sino más
del doble. Y el Aytº renunció a que AN/RC pagara lo que excediera
de 19.500.000€,
Doc2, privando así a AN/RC de oponerse a los sobrecostos y a los
retrasos.
LA
NUEVA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE MÁLAGA debe
conocer estas actuaciones de su Aytº, que
son un
ejemplo de injusticia e inseguridad jurídica,
que perjudica la imagen de Málaga y aleja a cualquier gran proyecto
o empresa que pretenda radicarse aquí.
Los
partidos de la Oposición municipal no han conocido toda la verdad.
Los miembros de la
nueva Corporación Municipal,
que han proclamado en sus campañas la necesidad de transparencia, la
honestidad, los valores democráticos y la lucha contra la
corrupción, deben conocer estos hechos y documentos e instar
la revisión del caso (para
lo que AN/RC podría renunciar a indemnizaciones por daños,
perjuicios, lucro cesante…).
E
incluso deben pedir
una auditoría de todo lo
gastado y los ya denunciados sobrecostos millonarios en el conjunto
edificatorio de Tabacalera,
como ya pidiera AN/RC en 2010 y 2011 y reiteró en varios escritos,
e incluso
lo hizo la Oposición en el año 2011,
que la mayoría absoluta del P.P. impidió. Así cumplirán su
compromiso de regeneración democrática.
AN/RC
espera que los miembros de esta Comisión de Investigación sean
valientes y nobles, que antepongan la verdad y la justicia a
cualquier otra conveniencia (su actuación aquí puede marcar su
futuro) y
se investigue:
-¿Por
qué Urbanismo y el alcalde no respondieron a ni una de las muchas
cartas de AN/RC que denunciaban sobrecostos y retrasos?
-¿Por
qué el alcalde insistió en la Comisión de Seguimiento que “se
debía aprobar….para
que lo pagara el Ayuntamiento”?
(los sobrecostos)
¿Si
eliminó que AN/RC no pagara lo que excedieran de 19.500.000, para
impedir que siguiera impugnando los presupuestos y sobrecostos?
-¿Cuál
ha sido el costo real de las obras en Tabacalera? ¿Desviaron pagos a
otras obras de Ferrovial?
-¿Por
qué en 2009 el alcalde quiso obligar a AN/RC a no
hacer los
museos de Ciencias? ¿Qué tenía pensado para esos 11.500 m2, que
luego les falló?
-¿Por
qué siguieron las obras millonarias sabiéndose ya que no se harían
los museos?
-
¿Por qué se entregó información sesgada e incompleta al juzgado y
al Consejo Consultivo?
¿Por
qué se dijo por escrito al Juzgado nº 3 C-A que las rejas “no
estaban en el proyecto aprobado” cuando
la verdad es que sí estaban, además de ser preceptivas”?
El
museo de gemas abrió, la Policía Local lo cerró y la Subdelegación
del Gobierno prohibió su apertura por falta de puertas y rejas de
seguridad ¿Por qué el Aytº no acató esa prohibición?
-¿El
pago del 5% se hacía con todos los contratos del Aytº? ¿Hubo
facturas solo para PP? ¿A qué se dedicaron realmente?
-¿Por
qué el alcalde se niega a que se haga una auditoría?
-¿Cuál
fue el verdadero motivo de no entregar el conjunto edificatorio en
2008, ni en 2009, ni en 2010, ni en 2011…..ni en 2012…. Y a la
vez negarse a resolver el contrato?
-¿Por
qué exigió el Aytº abrir unos museos sin entregar los edificios en
los que ubicarlos?
-
-AN/RC escribió al alcalde para completar esas salas en los 10 días
siguientes y mantenerlas abiertas (si se ponían las rejas) hasta que
hubiera sentencia ¿Por qué el Aytº se negó, y a la vez sancionó
a AN/RC “por
no haber abierto”?
¿Qué hay realmente detrás de semejante actitud y actuación?
-¿Por
qué el Aytº no pagó las facturas de 2011 y 2012, siendo iguales a
las de años anteriores?
-AN/RC
cumplió todas sus obligaciones desde 2007 y presentó las facturas
que el Aytº le abonó tras comprobar Cultura y el Interventor que
eran correctas…. Si era legal y documentalmente justificado, ¿Por
qué se le exige que lo devuelva? ¿Acaso para presionar? Y si no
cumplió, por qué se le pagó?
-Si
el Aytº podía sancionar a AN/RC “Por
no haber abierto” como
en su Acuerdo dice, o “por
hacerlo incompleta, o por retraso….” ¿Por
qué no lo hizo como prevé el Doc
2, Cap13?
Digan
lo que digan, lo cierto es: Que debiendo
inaugurarse los tres museos en 2008, el Aytº no entregó el conjunto
edificatorio en 2008, ni en 2009, ni en 2010, ni en 2011, ni en
2012. Que sin
edificios no puede haber museos. Que el
alcalde quiso obligar a AN/RC a no hacer los museos de Ciencia, y ese
edificio E3, de 11.500 m2, nunca fue acabado ni entregado. Que cuando
AN/RC pidió la rescisión del contrato por los ya tres años de
retraso, el Aytº exigió, en 2011, instalar los museos, pero sin
entregar los edificios en los que ubicarlos. Que se
eliminaron las puertas y rejas de seguridad que son
preceptivas. Que por
esta eliminación la Subdelegación del Gobierno prohibió la
apertura del museo de gemas. Que Urbanismo
mintió por escrito al Juzgado nº 3 C-A. Que el
Aytº no entregó los documentos preceptivos, para así, denegar la
Licencia de Apertura. Que AN/RC
sí abrió, aunque incompleta (y pidió completarlo en los
preceptivos diez días siguientes) y la Policía Local lo cerró
horas después. Que AN/RC
pidió en tres escritos seguir abiertos “hasta
que haya sentencia”
y el Aytº lo negó, para así acusarla de “no
haber abierto”. Que nuca
se dio dinero a AN/RC para sí misma, sino que se le reintegró lo
que ésta había anticipado “previa
justificación documental”
en cumplimiento del contrato. Que AN/RC
sí cumplió todas sus obligaciones en lo que podía hacerse con el
pabellón entregado, solo el 7% del total, etc. Que se
obligó a AN/RC a efectuar gastos, publicidad, etc, sabiendo el
Aytº que no se abrirían los museos. Que se
uso a AN/RC para alargar las obras (y sus costos) y para sus
campañas.
LAS
PERIPECIAS JUDICIALES:
AN/RC nunca se ha referido públicamente a las peripecias judiciales, pero puesto que el Ayuntamiento y el alcalde sí lo han hecho, y de manera incompleta y sesgada, es necesario clarificar e informar:
AN/RC nunca se ha referido públicamente a las peripecias judiciales, pero puesto que el Ayuntamiento y el alcalde sí lo han hecho, y de manera incompleta y sesgada, es necesario clarificar e informar:
AN/RC
no demandó al Aytº hasta después de haber agotado todas las
actuaciones administrativas, y cuando pasó a la vía judicial lo
hizo por considerar que tenía -tiene- toda la razón y los
documentos que lo prueban. Pero para que los documentos surtan su
efecto legal, es necesario que sean leídos, y esto no parece haber
sucedido en su totalidad. AN/RC sigue confiando en la Justicia y
seguirá en sus acciones hasta sus últimas instancias. No
descartando actuaciones fuera de Málaga, incluso en la U.E.
Pero
el Aytº viene difundiendo que las instancias judiciales le han dado
la razón, y oculta la verdad, incluso desde la página oficial del
Ayuntamiento. Ante esa acción, no habiendo publicado AN/RC nada en
relación a las actuaciones judiciales, y desde el más absoluto
respeto y acatamiento al Tribunal Supremo y a los Juzgados, y con el
único ánimo de informar, precisamos lo siguiente:
La
primera actuación, Recurso en el Juzgado Contencioso-Administrativo
nº 1:
En
éste, interpuesto en
junio de 2011,
AN/RC relama su derecho a pedir la rescisión del contrato, suscrito
en 2006 para inaugurar el Centro Cultural en 2008 y su explotación
durante los 8 años siguientes (los tres museos, más las tiendas,
cafeterías, etc) con los que amortizaría su inversión de 79
millones €. Se basa en que el
Aytº no entregó el conjunto edificatorio en la fecha contratada (ni
en 2009, ni en 2010, ni en 2011, ni siquiera en 2012). Y habiéndose
perdido en esa fecha, junio de 2011, más de tres años (el 45% de
los ingresos previstos) era ya un contrato de imposible cumplimiento.
Y
que el Aytº, habiendo incumplido, no puede exigir a AN/RC abrir unos
museos sin haber entregado previamente los edificios en los que
ubicarlos, siendo por tanto de imposible cumplimiento.
A
pesar de haber transcurrido más de cinco años, el juzgado,
posiblemente por escasez de medios, no ha iniciado la fase de
pruebas, para la que AN/RC pidió que se nombraran peritos
independientes.
La
Cautelar solicitada al Juzgado nº 3 C-A:
Como
se ha dicho en el Punto
8.- del
Informe, AN/RC presentó al juzgado otro Recurso pidiendo
la suspensión
cautelar de
abrir el museo de las gemas el 18 de enero 2012 sin que el Aytº
resolviera lo denunciado por los inspectores del CNP: Falta de
puertas y rejas de seguridad. Y el Aytº ordenó por
escrito (Doc70) a
los funcionarios que se dijera al juzgado que “no
estaban en el proyecto aprobado”, lo
que no es cierto,
porque sí
figuran (Doc 46,bis
y Doc 53 entre
otros) además de ser obligadas según el B.O.E., y de que la
Delegación del Gobierno prohibió la apertura, precisamente por esa
“supresión” de rejas y puertas de seguridad.
Ese
juzgado dictó su Auto el día 12 de enero, solo tres días hábiles
antes de la fecha obligada por el Aytº, por lo que AN/RC no tuvo
tiempo de completar el traslado y montaje de las más de 100 vitrinas
blindadas. El juzgado falló a favor del Aytº argumentando los
muchos millones que el Aytº había gastado en obras y en el
interés público. La prohibición de la Delegación del Gobierno fue
ignorada.
El
Dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía:
Como
se ha dicho en el Punto 18.-, este Consejo Consultivo emitió un
Dictamen ‐no vinculante‐ (Doc
89) que
se basa en frases
que no son verdad,
entre otras que los Anexos
al contrato Doc
4, Doc
5, Doc
6 (sobre
la apertura en 2008) que "dichos
anexos no
tienen naturaleza
contractual, por lo que carecen de fuerza vinculante para las
partes", cuando en
realidad el contrato (Doc
1) dice
textualmente "los
cuales se consideran Documentos contractuales"
y lo repite al final y añade
que "se
estará a lo dispuesto en los mismos para
lo no previsto en el contrato". O
que las obras se
terminaron en
su totalidad el
16 de septiembre de 2011, casi
cinco años después", cuando
la verdad es que hasta ese día solo se había entregado el 7
% del conjunto edificatorio, e
inacabado.
(a pesar de los 5 años)
Aunque SÍ
DICE el Dictamen lo que El AYTº OCULTÓ, “que
la actitud y la
actuación de la Administración en
el presente caso no
puede calificarse de ejemplar….... por
la conducta de la Administración, no
procede que el contratista abone indemnización de daños y
perjuicios al Aytº…….. éste(el
Aytº) ha
dilatado en exceso la ejecución de la obra, por lo que ha
contribuido al fracaso del contrato ….más
otras frases culpando al Aytº, pero éste las ocultó.
Y
basándose precisamente en ese Dictamen rescindió el contrato
culpando a AN/RC.
La
querella de AN/RC contra el Alcalde Fcº de la Torre:
AN/RC
anunció que iba a presentar la querella. El alcalde pidió, o
el PP le ofreció, ser Senador, y así fue aforado, y
la querella se tuvo que presentar ante el Tribunal Supremo.
El
fiscal escribió que “antes
de entrar en el fondo del asunto” ¿?
le enviaran los Expedientes del Contencioso‐ Administrativo. El
Aytº había enviado al juzgado 35 cajas (de las que 34 ni se
abrieron en el T.S.) con más de 18.000 folios, incluso
quintuplicados, de difícil localización (“enterrarlos en
papeles”) por lo que AN/RC solicitó al juzgado nº 2 C‐A que
pidiera al Aytº la entrega de los documentos que, con claridad y
brevedad, prueban lo denunciado, para su envío al T.S.
La
respuesta del Aytº al juzgado fue “Que
no entrega ese Expediente porque no es del Ayuntamiento, sino de la
Gerencia de Urbanismo, que tiene personalidad jurídica propia”.
No se obligó al Aytº a entregarlos, y el T.S. no recibió esos
documentos, ni los reclamó. Y la querella contra el Alcalde aforado
fue “inadmitida”,
en aplicación del “principio de mínima intervención penal”.
Seguidamente
el alcalde querellado renunció a ser senador, antes de acabar la
legislatura, y regresó al control del Aytº y de su Urbanismo. Así
el Aytº usaría la inadmisión del T.S. si alguien presentaba en
Málaga querellas contra otros coautores. Y así lo hicieron.
La
querella contra el Concejal y el arquitecto, de sociedades que años
antes pertenecían a AN/RC:
En
los juzgados de Málaga se presentó otra querella contra el concejal
Damián Caneda y el arquitecto municipal Fcº. Eguilior, por ser los
firmantes de los documentos denunciados (la firma del Alcalde no está
en ninguno). Fueron
imputados por cuatro delitos;
el Aytº presentó al juzgado la “inadmisión” del T.S. y se les
retiró la imputación, archivándose esa querella, aunque en la
misma, además de los delitos citados en la del T.C., se les
imputaban otros dos delitos diferentes. Las querellantes
recurrieron, pero se falló en su contra y se les impusieron las
costas “Por
temeridad” por
haber presentado esa querella “siendo conocedoras de la anterior”.
Sin duda la Audiencia se confundió, pues las dos querellantes eran
personas físicas y jurídicas distintas de
las actuantes en la del T.S.
La
querella del Colectivo Manos Limpias, contra el Alcalde Fcº de la
Torre:
Presentada
por “Malversación
de caudales públicos, con grave perjuicio para el Erario Público
Municipal, más financiación ilegal de sus campañas en las
elecciones” y “prevaricación
y falsedad”, con
documentos de la constructora Ferrovial y de AN/RC, entre otros. Por
lo antes dicho (la actuación del T.C.) esa querella también fue
“Inadmitida”.
AN/RC
es ajena a estas dos últimas querellas.
LA
COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN
AN/RC
pidió reiteradamente que se creara en el Aytº una Comisión de
investigación sobre lo acontecido en Art Natura, los retrasos y los
sobrecostos millonarios en las obras, dados sin concurso a la
constructora, y que se hiciera una auditoría, pero su petición
siempre fue rechazada por la mayoría absoluta del alcalde y su
partido. Hasta que tras las elecciones municipales de 2015 los Grupos
Municipales de la Oposición votaron apoyar esta petición de AN/RC,
con la total oposición del alcalde y el PP, llegando incluso a decir
que, caso de celebrase, se hiciera “a puerta cerrada”.
Pero
una vez constituida el PP impuso seguir su “reglamento”, según
el cual el representante de AN/RC no pudo testimoniar y documentar
libremente, sino que se le obligó a solo responder a las preguntas
que se le hicieran, y con un tiempo excesivamente limitado.
Y
como quienes preguntaban no conocían todo lo acontecido y ocultado
por el Aytº, las respuestas no pudieron demostrar todos los hechos.
Algún grupo de la Oposición renunció a parte de su tiempo para que
AN/RC pudiera expresarse libremente, siendo ello totalmente
insuficiente, por lo que AN/RC entregó a todos los grupos un
archivador con copias de documentos (más de 100) que prueban la
razón de AN/RC y las manipulaciones de Urbanismo y Aytº, confiando
en que se usen en la investigación y que se hagan constar en las
conclusiones.
Por
el contrario los funcionarios citados manipularon e incluso mintieron
en sus respuestas, pero nadie les mostró en ese momento los
documentos -que ya tenían en el archivador que les entregó AN/RC-
que demostraban que mentían.
La
querella del Ayuntamiento contra el presidente de AN/RC
El
presidente de AN/RC escribió a los portavoces municipales
solicitando su apoyo para que se creara la Comisión de Investigación
de Art Natura en el Aytº, hasta entonces denegada por el alcalde. En
esa carta se decía literalmente “El
alcalde cambió cuando denunciamos
los sobrecostos millonarios en las obras,
nos negamos a seguir pagando facturas que solo beneficiaban a sus
campañas y al PP (incluidas en el llamado canon) y pedimos una
auditoría”.
Y
por esa frase el Ayuntamiento ha presentado una querella por
“Calumnias”
(no el PP, ni el alcalde, que son los que cita esa frase) por la que
el Sr. Alcaraz fue citado en el juzgado, donde se ratificó en dicha
frase, y acogiéndose a la “Exceptio
veritatis”
presentó pruebas de lo dicho, estándose pendientes de juicio,
confiándose en que el Juez o la Fiscalía pidan que se investigue lo
denunciado por AN/RC, en cuya investigación podrían presentarse más
documentos.
Publicado
por Art-Natura
Málaga
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